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Jueves, 02 de Mayo de 2019 Tiempo de lectura:
Gestionada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

El Tribunal de Cuentas descubre graves deficiencias en la Ayuda Oficial al Desarrollo

En el último informe de fiscalización que ha hecho público el Tribunal de Cuentas (TdC) sobre la gestión integral de la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) realizada por la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID) durante 2016, el TdC certifica que a lo largo de ese año, España dedicó 3.819 millones de euros a este objetivo. Del total de las citadas aportaciones, 27 millones de euros correspondieron a la cooperación descentralizada -financiada por las comunidades autónomas y las entidades locales- y 3.592 millones a la Administración General del Estado. 

 

En cuanto al análisis del sistema de control interno -en relación con la concesión, tramitación y justificación de estas subvenciones; así como, del seguimiento y control de las actuaciones que fueron objeto de subvención-, la fiscalización del Tribunal detecta numerosas diferencias: "la falta de un manual o manuales de procedimientos de gestión actualizado y adaptados a los procedimientos actuales empleados que detallara las funciones y las personas responsables de cada área; la coexistencia de un gran número de sistemas y aplicaciones informáticas no integrados que dificultaban la gestión, así como la realización de cruces y conciliaciones; importantes inconsistencias y falta de documentación en dichos aplicativos".

 

Por otra parte, añade el TdC, en relación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones, "en ella no se recoge -como hubiera sido preceptivo conforme al artículo 37 del RGLS- información de carácter relevante, como: los beneficiarios de becas (391 beneficiarios por importe de 5.025.395 euros); los pagos realizados; la justificación efectuada por los beneficiarios, resoluciones de reintegro o resoluciones de los procedimientos sancionadores".

 

En cuanto a la concesión de subvenciones, tanto de forma directa como en concurrencia competitiva, la fiscalización también advierte varios problemas: "se han aplicado criterios de valoración que no estaban previstos expresamente en las bases reguladoras, ni en las convocatorias; ausencia e insuficiente justificación económica, presentación de la documentación justificativa de gastos fuera del plazo establecido, existencia de desviaciones en la ejecución del presupuesto de las actuaciones subvencionadas, o la no consecución de los objetivos previstos en los proyectos presentados".

 

En el análisis de los procedimientos de seguimiento y control de las subvenciones, entre los principales resultados negativos recogidos por el informe, se encuentran: la elevada precariedad y falta de la información en un elevado número de ayudas; el no haber seguido, de forma sistemática, los requerimientos para la rendición de las cuentas justificativas una vez trascurrido el plazo límite de justificación; la ausencia de inicio de procedimientos sancionadores por la presentación de la justificación fuera de plazo;  retrasos muy significativos en la revisión y comprobación económica de las cuentas justificativas, que demoran el inicio del procedimiento de reintegro y aumentan el riesgo de impago e incrementan la cuantía de los intereses de demora a pagar en caso de reintegro, con el consiguiente perjuicio económico a los beneficiarios; así como, la elevada caducidad de los procedimientos de inicio de reintegro.

 

En relación con el análisis de la eficacia, eficiencia y economía, en el empleo por la AECID de los recursos destinados a estas subvenciones, el informe señala que la Agencia no había efectuado un uso adecuado de los instrumentos previstos tanto en la normativa reguladora de su propia actividad, como en la normativa de subvenciones, presupuestaria o contable, para realizar un adecuado seguimiento y control de la aplicación de los principios de buena gestión por la Entidad, al existir las siguientes deficiencias: incoherencias entre las memorias presupuestarias y los estados de gasto; ausencia de indicadores para medir determinadas actividades o la presencia de indicadores que no proporcionaron información suficiente y relevante para la toma de decisiones; falta de seguimiento de los resultados obtenidos y de las desviaciones producidas; falta de vinculación entre el Plan Estratégico de carácter plurianual existente y la planificación anual prevista en las memorias presupuestarias; o inexistencia de una planificación estratégica en materia de subvenciones. "Además, la ausencia de una contabilidad analítica no permitió disponer de información sobre los costes de las actividades señalados en la memoria de las cuentas anuales y en los documentos de planificación estratégica de la entidad, por lo que no se cumplieron las prescripciones contenidas en la normativa".

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