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Claves para conocer el Registro Civil español
El panorama legislativo español, igual que el de la gran mayoría de países del mundo, está en constante cambio. La sociedad y su forma de funcionar ha ido avanzando, adaptándose a los nuevos movimientos sociales, las economías emergentes y, en definitiva, los nuevos tiempos. Esto ha provocado, entre otras muchas cosas, que la gran mayoría de leyes se vean obligadas a ser modificadas o, incluso en algunos casos, a ser eliminadas dado que ya no son vigentes o ya no cumplen su antigua utilidad.
Lógicamente, estos cambios y transformaciones se traducen en avances, en adaptabilidad a las nuevas tendencias y en el esfuerzo de crear un ambiente y una legislación mejores, que funcionen como es debido y que ayuden a sus ciudadanos y ciudadanas.
Sin embargo, por otra parte, esto puede llegar a dificultar que todas las personas entiendan cómo funcionan los entramados de este sistema, y les cueste actuar de forma correcta e inteligente. Especialmente la población más joven suele carecer de estos conocimientos que, de saberlos, suponen una gran utilidad y fiabilidad.
En este caso, queremos centrarnos en una de las figuras más básicas y fundamentales del ordenamiento jurídico en España, que consiste una de las principales estructuras de la organización social española, el Registro Civil.
Para empezar, queremos aclarar qué es exactamente el Registro Civil, para más tarde hablar de sus orígenes y utilidades.
El Registro Civil es, básicamente, la base de datos que engloba a toda la población española y que recoge los datos civiles que sean relevantes.
Por otra parte, debemos tener en cuenta que lo más importante en este caso es conocer realmente qué datos y actos forman el Registro Civil, para poder saber realmente qué podemos encontrar en él.
Con el objetivo de que quede lo más claro posible en las mentes de esas personas que no lo sepan, hemos elaborado la siguiente lista, que contiene los actos inscribibles obligatorios para cualquier persona:
1. El nacimiento
2. La afiliación
3. El nombre, los apellidos, y si hubiera cualquier tipo de cambio en lo referente a ellos durante la vida de la persona.
4. El sexo y, en el caso de que lo hubiera, el cambio de sexo.
5. La nacionalidad y la vecindad civil.
6. La emancipación y el beneficio de la persona mayor de edad.
7. El matrimonio, así como cualquier tipo de separación, divorcio o nulidad.
8. El régimen económico matrimonial legal o pactado.
9. Las relaciones paterno filiales (entre padres e hijos e hijas) y cualquier modificación que experimentasen.
10. Los cambios judiciales de la capacidad de las personas, así como la derivación de ésta.
11. La declaración de concurso de cualquier persona física.
12. La tutela, la curatela y cualquier otra representación legal, así como cualquier modificación que sufran.
13. Cualquier acto relativo a la constitución y régimen del patrimonio protegido de las personas con discapacidad.
14. La auto tutela y los apoderamientos preventivos.
15. Las declaraciones de ausencia y fallecimiento.
16. La defunción.
Queremos hacer un inciso antes de hablar de los orígenes del Registro Civil y de su estado actual para hacer un apunte que consideramos importante.
Como ciudadanos debemos tener en cuenta que nuestro Registro Civil está articulado por derechos y obligaciones, que nos corresponden a la población, es decir, a nosotros. Por ejemplo, como ciudadanos y ciudadanas, nos corresponde el derecho de inscripción con nombre y apellidos, filiación y otros actos ya mencionados que sean inscribibles. Por otra parte, nuestros deberes son practicar las inscripciones correspondientes que están calificadas como obligatorias.
Habiendo dejado claro este punto, queremos comentar brevemente los orígenes de los registros civiles, y cómo han llegado al punto en el que están. En sus inicios, los registros civiles estaban asignados por zonas geográficas, debido a la dificultad de comunicación entre territorios y la falta de medios que permitieran una comunicación rápida y eficaz.
Con el paso de los años, la manera de trabajar del Registro Civil ha ido avanzando a medida que la sociedad como conjunto lo ha hecho también, lo cual se ha traducido en la digitalización.
Básicamente, lo que esto quiere decir es que se han informatizado todos los datos que podemos encontrar en el Registro Civil, pasando de un registro zonal o territorial a un registro personal. A efectos prácticos, este enorme cambio ha supuesto que hoy en día podamos solicitar, por ejemplo, una partida de nacimiento a través de internet, sin necesidad de dirigirnos a ningún centro en específico.
En esta situación, nacieron multitud de portales web dedicados a este mismo sector. Como ejemplo de ello, encontramos la página web del Registro Civil en San Sebastián, que contiene información que cualquier habitante de la región pueda necesitar en lo referente a este tipo de registros, y que puede consultar desde la comodidad de su casa, a tan solo un click de distancia.
El panorama legislativo español, igual que el de la gran mayoría de países del mundo, está en constante cambio. La sociedad y su forma de funcionar ha ido avanzando, adaptándose a los nuevos movimientos sociales, las economías emergentes y, en definitiva, los nuevos tiempos. Esto ha provocado, entre otras muchas cosas, que la gran mayoría de leyes se vean obligadas a ser modificadas o, incluso en algunos casos, a ser eliminadas dado que ya no son vigentes o ya no cumplen su antigua utilidad.
Lógicamente, estos cambios y transformaciones se traducen en avances, en adaptabilidad a las nuevas tendencias y en el esfuerzo de crear un ambiente y una legislación mejores, que funcionen como es debido y que ayuden a sus ciudadanos y ciudadanas.
Sin embargo, por otra parte, esto puede llegar a dificultar que todas las personas entiendan cómo funcionan los entramados de este sistema, y les cueste actuar de forma correcta e inteligente. Especialmente la población más joven suele carecer de estos conocimientos que, de saberlos, suponen una gran utilidad y fiabilidad.
En este caso, queremos centrarnos en una de las figuras más básicas y fundamentales del ordenamiento jurídico en España, que consiste una de las principales estructuras de la organización social española, el Registro Civil.
Para empezar, queremos aclarar qué es exactamente el Registro Civil, para más tarde hablar de sus orígenes y utilidades.
El Registro Civil es, básicamente, la base de datos que engloba a toda la población española y que recoge los datos civiles que sean relevantes.
Por otra parte, debemos tener en cuenta que lo más importante en este caso es conocer realmente qué datos y actos forman el Registro Civil, para poder saber realmente qué podemos encontrar en él.
Con el objetivo de que quede lo más claro posible en las mentes de esas personas que no lo sepan, hemos elaborado la siguiente lista, que contiene los actos inscribibles obligatorios para cualquier persona:
1. El nacimiento
2. La afiliación
3. El nombre, los apellidos, y si hubiera cualquier tipo de cambio en lo referente a ellos durante la vida de la persona.
4. El sexo y, en el caso de que lo hubiera, el cambio de sexo.
5. La nacionalidad y la vecindad civil.
6. La emancipación y el beneficio de la persona mayor de edad.
7. El matrimonio, así como cualquier tipo de separación, divorcio o nulidad.
8. El régimen económico matrimonial legal o pactado.
9. Las relaciones paterno filiales (entre padres e hijos e hijas) y cualquier modificación que experimentasen.
10. Los cambios judiciales de la capacidad de las personas, así como la derivación de ésta.
11. La declaración de concurso de cualquier persona física.
12. La tutela, la curatela y cualquier otra representación legal, así como cualquier modificación que sufran.
13. Cualquier acto relativo a la constitución y régimen del patrimonio protegido de las personas con discapacidad.
14. La auto tutela y los apoderamientos preventivos.
15. Las declaraciones de ausencia y fallecimiento.
16. La defunción.
Queremos hacer un inciso antes de hablar de los orígenes del Registro Civil y de su estado actual para hacer un apunte que consideramos importante.
Como ciudadanos debemos tener en cuenta que nuestro Registro Civil está articulado por derechos y obligaciones, que nos corresponden a la población, es decir, a nosotros. Por ejemplo, como ciudadanos y ciudadanas, nos corresponde el derecho de inscripción con nombre y apellidos, filiación y otros actos ya mencionados que sean inscribibles. Por otra parte, nuestros deberes son practicar las inscripciones correspondientes que están calificadas como obligatorias.
Habiendo dejado claro este punto, queremos comentar brevemente los orígenes de los registros civiles, y cómo han llegado al punto en el que están. En sus inicios, los registros civiles estaban asignados por zonas geográficas, debido a la dificultad de comunicación entre territorios y la falta de medios que permitieran una comunicación rápida y eficaz.
Con el paso de los años, la manera de trabajar del Registro Civil ha ido avanzando a medida que la sociedad como conjunto lo ha hecho también, lo cual se ha traducido en la digitalización.
Básicamente, lo que esto quiere decir es que se han informatizado todos los datos que podemos encontrar en el Registro Civil, pasando de un registro zonal o territorial a un registro personal. A efectos prácticos, este enorme cambio ha supuesto que hoy en día podamos solicitar, por ejemplo, una partida de nacimiento a través de internet, sin necesidad de dirigirnos a ningún centro en específico.
En esta situación, nacieron multitud de portales web dedicados a este mismo sector. Como ejemplo de ello, encontramos la página web del Registro Civil en San Sebastián, que contiene información que cualquier habitante de la región pueda necesitar en lo referente a este tipo de registros, y que puede consultar desde la comodidad de su casa, a tan solo un click de distancia.