Las "preferentes abertzales" colocan al Grupo Mondragón contra las cuerdas judiciales
Un juez obliga nuevamente a Caja Laboral a devolver a un cliente el importe de las aportaciones de Eroski
Nuevamente, el Grupo Mondragón se ha visto derrotado en los tribunales. Un juzgado de Vitoria ha condenado a Caja Laboral a devolver a un electricista los 35.000 euros que invirtió en aportaciones subordinadas de Eroski, al considerar que no queda probado que la entidad financiera explicase "razonable y comprensiblemente" que el producto era perpetuo.
La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria, también declara la nulidad de contrato firmado en 29 de junio de 2007 entre el cliente y Caja Laboral para adquirir las aportaciones subordinadas de Eroski y da la razón al afectado, que denunció a la entidad al no poder recuperar en 2011 el dinero invertido.
El magistrado explica en su resolución que ha quedado probado que el electricista "no tenía especiales conocimientos financieros o académicos" y que nunca hasta entonces había tenido en cartera productos "sofisticados, complejos o de rentabilidad especulativa". "El perfil del inversor no era el adecuado", resume. Añade el magistrado que las subordinadas de Eroski no son un producto para todo tipo de inversores, ya que se "precisa de unos conocimientos" concretos de los que en este caso carecía la persona afectada, un "inversor minorista no especulativo y conservador".
El titular del juzgado vitoriano afirma que ha quedado también probado que el hombre suscribió las aportaciones por las explicaciones que recibió de una de las empleadas de Caja Laboral, que "siempre le había asesorado", y por la "confianza muy elevada" que tenía tanto en ella como en la entidad financiera.
Nuevamente, el Grupo Mondragón se ha visto derrotado en los tribunales. Un juzgado de Vitoria ha condenado a Caja Laboral a devolver a un electricista los 35.000 euros que invirtió en aportaciones subordinadas de Eroski, al considerar que no queda probado que la entidad financiera explicase "razonable y comprensiblemente" que el producto era perpetuo.
La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria, también declara la nulidad de contrato firmado en 29 de junio de 2007 entre el cliente y Caja Laboral para adquirir las aportaciones subordinadas de Eroski y da la razón al afectado, que denunció a la entidad al no poder recuperar en 2011 el dinero invertido.
El magistrado explica en su resolución que ha quedado probado que el electricista "no tenía especiales conocimientos financieros o académicos" y que nunca hasta entonces había tenido en cartera productos "sofisticados, complejos o de rentabilidad especulativa". "El perfil del inversor no era el adecuado", resume. Añade el magistrado que las subordinadas de Eroski no son un producto para todo tipo de inversores, ya que se "precisa de unos conocimientos" concretos de los que en este caso carecía la persona afectada, un "inversor minorista no especulativo y conservador".
El titular del juzgado vitoriano afirma que ha quedado también probado que el hombre suscribió las aportaciones por las explicaciones que recibió de una de las empleadas de Caja Laboral, que "siempre le había asesorado", y por la "confianza muy elevada" que tenía tanto en ella como en la entidad financiera.













