Aprovechando la ocasión generada por el Covid-1
El Gobierno comunista de Pedro Sánchez y Pablo Iglesias legaliza la ocupación indiscriminada de viviendas privadas
El Boletín Oficial del Estado de hoy sábado 11 de abril de 2020 incluye entre sus disposiciones generales la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, “por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19”.
El artículo número 4 de esta nueva Orden del Gobierno sociocomunista, titulado “Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables” incluye un punto específico, el número 3, que con una redacción confusa legitima de hecho la confiscación de viviendas por parte de las comunidades autónomas. El punto en cuestión señala, literalmente, lo siguiente:
“Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla pondrán a disposición de la persona beneficiaria una vivienda de titularidad pública, o que haya sido cedida para su uso a una administración pública, aunque mantenga la titularidad privada, adecuada a sus circunstancias en términos de tamaño, servicios y localización, para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho. Cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes”.
![[Img #17473]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/04_2020/8022_captura-de-pantalla-2020-04-11-a-las-190553.png)
El Boletín Oficial del Estado de hoy sábado 11 de abril de 2020 incluye entre sus disposiciones generales la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, “por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19”.
El artículo número 4 de esta nueva Orden del Gobierno sociocomunista, titulado “Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables” incluye un punto específico, el número 3, que con una redacción confusa legitima de hecho la confiscación de viviendas por parte de las comunidades autónomas. El punto en cuestión señala, literalmente, lo siguiente:
“Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla pondrán a disposición de la persona beneficiaria una vivienda de titularidad pública, o que haya sido cedida para su uso a una administración pública, aunque mantenga la titularidad privada, adecuada a sus circunstancias en términos de tamaño, servicios y localización, para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho. Cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes”.