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Jueves, 01 de Octubre de 2020 Tiempo de lectura:
Impone una nueva cuarentena a 11 ciudades

El Gobierno de Pedro Sánchez y de Pablo Iglesias ocupa Madrid

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves el acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud, que supone la aplicación de nuevas restricciones en Madrid y ciudades de más de 100.000 habitantes con impacto de coronavirus. "Este acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud", señala el BOE, incluidas las que han rechazado las medidas, como Madrid, Andalucía, Cataluña y Galicia y la ciudad autónoma de Ceuta. “Las medidas serán de obligado cumplimiento en un plazo de 48 horas”, según ha explicado el Gobierno bolivariano de Pedro Sánchez a través de su ministro de Sanidad.

 

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado que cumplirá "de manera estricta" la orden del Gobierno que impone el cierre de Madrid y otras diez localidades de la región, pero la llevará a los tribunales para "defender los intereses legítimos de los madrileños". "Esta Comunidad no está en rebeldía, este Gobierno no está en rebeldía y cumplirá todas las órdenes porque no somos como sus socios independentistas", ha dicho Ayuso.

 

"Iremos a los tribunales nuevamente como lo hicimos con el cambio de fase para defender los intereses legítimos de los madrileños y que las medidas se ajusten a la normativa, a la realidad, que sean objetivas y justas. Recurriremos al Estado de Derecho para reclamar lo que es justo para Madrid", ha anunciado Ayuso en el pleno de la Asamblea.

 

La resolución contempla restricciones en la entrada y salida de personas en los municipios de más de 100.000 habitantes con incidencia acumulada de COVID superior a los 500 casos en 14 una días, con un porcentaje de positividad en las pruebas diagnósticas superior al 10 % y que formen parte de una comunidad en la que la ocupación de camas en UCI por pacientes COVID sea superior al 35%.

 

En la actualidad hay en España 11 municipios de más de 100.000 habitantes, que incluyen 4.988.601 habitantes, con tasas de incidencia superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes.

 

La tasa promedio de estos municipios es de 892 casos por 100.000 en los 14 días valorados, más de tres veces la incidencia nacional, si bien la situación de estos territorios no es homogénea en términos de capacidad diagnóstica y asistencial, señala.

 

Esta incidencia representa un total de 44.518 casos notificados en estos 11 municipios en un periodo de 14 días, aproximadamente un 33 % del total de casos notificados en toda España en ese periodo. Estas cifras no incluyen la transmisión que estos casos han podido generar en otros territorios.

 

Según recoge la Agencia Efe, las medidas que deben aplicar Madrid y otros 10 municipios, son las siguientes:

 

1.- Restringir la entrada y salida de personas, salvo desplazamientos "adecuadamente justificados": asistir al centro de salud, trabajo, centros escolares y universidades, volver a la residencia habitual, asistencia de mayores, menores y dependientes; y desplazamientos a bancos, juzgados u otros organismos públicos.

 

También para renovaciones de permisos y documentación oficial, trámites administrativos inaplazables; realización exámenes o pruebas oficiales también "inaplazables"; por causa de fuerza mayor, entre otros.

 

2.- Limitación a seis personas en reuniones de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, salvo si son convivientes, y en actividades laborales e institucionales o en que se establezcan límites o medidas específicas.

 

3.- Suspensión de la actividad de los parques infantiles de uso público.

 

4.- El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

 

5.- Aforo máximo en velatorios de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes; en la comitiva fúnebre de enterrar o despedida para la cremación de la persona fallecida será un máximo de quince personas.

 

6.- Se reduce al 50 % el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

 

7.- En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo permitido no podrá superar el 50 % en espacios interiores y del 60 % en exteriores, en tanto que el consumo en barra no estará permitido.

 

Las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y a las demás mesas y el grupo que se siente no será superior a las seis personas.

 

No se admitirán nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, "a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio".

 

8.- El aforo máximo de autoescuelas, centros privados de enseñanzas no regladas y de formación será del 50 % por ciento.

 

9.- En las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60 % mientras que las de interior será del 50%.

 

10.- Otras actividades, servicios e instalaciones: el aforo máximo será del 50 % salvo que se prevea uno inferior.

 

11.- Las comunidades con municipios afectados reforzarán sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19.

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