El contenido terrorista deberá bloquearse en máximo una hora
El Parlamento Europeo impulsa una nueva normativa que pretende frenar la propagación de contenido terrorista en Internet
El nuevo reglamento se aplicará a textos, imágenes, grabaciones de audio o video, incluidas las retransmisiones en directo, que inciten, demanden o contribuyan a la comisión de delitos terroristas; faciliten instrucciones para ello, o animen a participar en grupos terroristas.
En línea con la definición de delitos incluida en la Directiva de lucha contra el terrorismo, la nueva normativa elaborada por el Parlamento Europeo también cubre el contenido que proporcione información sobre la fabricación o uso de explosivos, armas de fuego u otras armas con fines terroristas.
Las compañías que ofrecen servicios de alojamiento en la red tendrán que suprimir el contenido terrorista, o impedir el acceso al mismo, en todos los países de la UE en el plazo de una hora desde la recepción de la orden de retirada emitida por la autoridad competente. Los Estados miembros adoptarán normas sobre sanciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción y el tamaño de la compañía.
Las plataformas no tendrán una obligación general de filtrar todo el contenido que alojan ni deberán utilizar herramientas automáticas de control. Sin embargo, tendrán que tomar medidas específicas para evitar su diseminación en caso de que las autoridades detecten su exposición a este tipo de material.
El parlamentario ponente de la nueva legislación, Patryk Jaki (ECR, Polonia), ha explicado lo siguiente: "Los terroristas reclutan, comparten propaganda y coordinan sus ataques en Internet. Hoy hemos establecido mecanismos efectivos que permitirán a las autoridades suprimir el contenido terrorista en toda la UE en una hora como máximo. Es un buen resultado, que mantiene el equilibrio entre la seguridad y la libertad de expresión, protege el contenido legítimo y garantiza el acceso a la información y combate el terrorismo mediante la cooperación y la confianza entre los países".
El Reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial. Comenzará a aplicarse doce meses después.
El nuevo reglamento se aplicará a textos, imágenes, grabaciones de audio o video, incluidas las retransmisiones en directo, que inciten, demanden o contribuyan a la comisión de delitos terroristas; faciliten instrucciones para ello, o animen a participar en grupos terroristas.
En línea con la definición de delitos incluida en la Directiva de lucha contra el terrorismo, la nueva normativa elaborada por el Parlamento Europeo también cubre el contenido que proporcione información sobre la fabricación o uso de explosivos, armas de fuego u otras armas con fines terroristas.
Las compañías que ofrecen servicios de alojamiento en la red tendrán que suprimir el contenido terrorista, o impedir el acceso al mismo, en todos los países de la UE en el plazo de una hora desde la recepción de la orden de retirada emitida por la autoridad competente. Los Estados miembros adoptarán normas sobre sanciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción y el tamaño de la compañía.
Las plataformas no tendrán una obligación general de filtrar todo el contenido que alojan ni deberán utilizar herramientas automáticas de control. Sin embargo, tendrán que tomar medidas específicas para evitar su diseminación en caso de que las autoridades detecten su exposición a este tipo de material.
El parlamentario ponente de la nueva legislación, Patryk Jaki (ECR, Polonia), ha explicado lo siguiente: "Los terroristas reclutan, comparten propaganda y coordinan sus ataques en Internet. Hoy hemos establecido mecanismos efectivos que permitirán a las autoridades suprimir el contenido terrorista en toda la UE en una hora como máximo. Es un buen resultado, que mantiene el equilibrio entre la seguridad y la libertad de expresión, protege el contenido legítimo y garantiza el acceso a la información y combate el terrorismo mediante la cooperación y la confianza entre los países".
El Reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial. Comenzará a aplicarse doce meses después.











