También es indispensable tener el "Consentimiento Informado" del paciente
La Asociación Liberum advierte a las Consejerías de Salud que vacunar contra el Covid-19 sin "prescripción médica" incumple gravemente la ley
La Asociación Liberum ha enviado una circular a las Consejerías de Salud de las respectivas Comunidades Autónomas, así como a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, en la que demanda "la suspensión inmediata de la vacunación contra el Covid-19 para aquellas personas que no dispongan de la correspondiente prescripción médica", así como de aquellos pacientes a los que no se les haya suministrado el previo consentimiento informado legalmente exigido.
La Asociación Liberum expone en su carta que todas las vacunas con autorización condicional de emergencia en sus respectivas fichas técnicas establecen la necesaria prescripción médica para su inoculación. No exigir ésta supone, a juicio de esta organización, “un incumplimiento grave de los textos normativos, a saber: la Ley del Medicamento, el Real Decreto 1345/2007, el Real Decreto 1302/2018, el Real Decreto 954/2015, la Ley 44/2003 y de la Ley 41/2002”.
En su misiva, Liberum también recuerda a las autoridades sanitarias que por imperativo legal (art. Ley 41/2002), están obligadas a proporcionar a los pacientes el oportuno documento conocido como “Consentimiento Informado”, y a continuación "recabar su autorización expresa, voluntaria y libre de vicios, coacciones o amenazas". “Dicho documento", añade la asociación, "debe contener suficiente información sobre la naturaleza del tratamiento, finalidad, y los riesgos que conlleva. De ser insuficiente o inadecuado el contenido del "Consentimiento Informado" y llevarse a efecto el acto sanitario, según la doctrina del Tribunal Constitucional, "se habría vulnerado flagrantemente el derecho fundamental a la integridad física o moral (art. 15.1 CE), lo que supone a efectos emocionales, una violación”.
La Asociación Liberum considera que en los planes de vacunación contra el Covid-19 no se están cumpliendo estos requisitos. “No nos negamos a ninguna vacunación, pero exigimos que se cumpla la ley, y que el facultativo, después de evaluar al paciente, recomiende o no la inoculación de la vacuna, previo consentimiento informado. Pues de lo contrario, se expone al ciudadano a la imposición de un tratamiento experimental con posibles efectos secundarios sin que nadie asuma responsabilidad alguna, recayendo toda sobre el paciente. Estos incumplimientos por parte de las autoridades sanitarias –según nuestro criterio- incurren en una manifiesta vía de hecho, y en virtud del art. 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, nos permite formular el oportuno requerimiento a la Administración, intimando su cesación y suspensión inmediata”.
La Asociación Liberum ha enviado una circular a las Consejerías de Salud de las respectivas Comunidades Autónomas, así como a las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, en la que demanda "la suspensión inmediata de la vacunación contra el Covid-19 para aquellas personas que no dispongan de la correspondiente prescripción médica", así como de aquellos pacientes a los que no se les haya suministrado el previo consentimiento informado legalmente exigido.
La Asociación Liberum expone en su carta que todas las vacunas con autorización condicional de emergencia en sus respectivas fichas técnicas establecen la necesaria prescripción médica para su inoculación. No exigir ésta supone, a juicio de esta organización, “un incumplimiento grave de los textos normativos, a saber: la Ley del Medicamento, el Real Decreto 1345/2007, el Real Decreto 1302/2018, el Real Decreto 954/2015, la Ley 44/2003 y de la Ley 41/2002”.
En su misiva, Liberum también recuerda a las autoridades sanitarias que por imperativo legal (art. Ley 41/2002), están obligadas a proporcionar a los pacientes el oportuno documento conocido como “Consentimiento Informado”, y a continuación "recabar su autorización expresa, voluntaria y libre de vicios, coacciones o amenazas". “Dicho documento", añade la asociación, "debe contener suficiente información sobre la naturaleza del tratamiento, finalidad, y los riesgos que conlleva. De ser insuficiente o inadecuado el contenido del "Consentimiento Informado" y llevarse a efecto el acto sanitario, según la doctrina del Tribunal Constitucional, "se habría vulnerado flagrantemente el derecho fundamental a la integridad física o moral (art. 15.1 CE), lo que supone a efectos emocionales, una violación”.
La Asociación Liberum considera que en los planes de vacunación contra el Covid-19 no se están cumpliendo estos requisitos. “No nos negamos a ninguna vacunación, pero exigimos que se cumpla la ley, y que el facultativo, después de evaluar al paciente, recomiende o no la inoculación de la vacuna, previo consentimiento informado. Pues de lo contrario, se expone al ciudadano a la imposición de un tratamiento experimental con posibles efectos secundarios sin que nadie asuma responsabilidad alguna, recayendo toda sobre el paciente. Estos incumplimientos por parte de las autoridades sanitarias –según nuestro criterio- incurren en una manifiesta vía de hecho, y en virtud del art. 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, nos permite formular el oportuno requerimiento a la Administración, intimando su cesación y suspensión inmediata”.











