Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
Procesan a Torrent y a toda la Mesa del Parlamento de Cataluña por desobediencia
A solicitud de Vox que se presentó como acusación popular, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha concluido la investigación contra con el que fuera presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y algunos otros miembros de la Mesa, por delitos de desobediencia, tal y como recoge el artículo 410 del Código Penal.
De acuerdo con el auto, el conjunto de indicios obtenidos durante la fase de instrucción, “permiten afirmar que existe una apariencia razonable y suficiente de que los investigados y la investigada pudieran haber cometido uno o varios delitos de desobediencia grave”.
La pena a la que se enfrentan los procesados, de acuerdo con el art. 410 del Código Penal, es de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años a las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior.
Recuerda el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el grave incidente que tuvo lugar el mes pasado a consecuencia de la negativa de Costa de acudir voluntariamente ante el Tribunal, obligando a su detención. No obstante, el investigado se volvió a negar a a prestar declaración una vez informado de los hechos por los que era investigado y de sus derechos constitucionales.
A solicitud de Vox que se presentó como acusación popular, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha concluido la investigación contra con el que fuera presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y algunos otros miembros de la Mesa, por delitos de desobediencia, tal y como recoge el artículo 410 del Código Penal.
De acuerdo con el auto, el conjunto de indicios obtenidos durante la fase de instrucción, “permiten afirmar que existe una apariencia razonable y suficiente de que los investigados y la investigada pudieran haber cometido uno o varios delitos de desobediencia grave”.
La pena a la que se enfrentan los procesados, de acuerdo con el art. 410 del Código Penal, es de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años a las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior.
Recuerda el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el grave incidente que tuvo lugar el mes pasado a consecuencia de la negativa de Costa de acudir voluntariamente ante el Tribunal, obligando a su detención. No obstante, el investigado se volvió a negar a a prestar declaración una vez informado de los hechos por los que era investigado y de sus derechos constitucionales.





















