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Lunes, 22 de Noviembre de 2021 Tiempo de lectura:
Octavo revés judicial para el Ejecutivo autonómico PNV-PSE

Los jueces tumban la pretensión liberticida del Gobierno de Iñigo Urkullu de imponer el ‘pasaporte Covid’ en el País vasco

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Por octava vez en los últimos meses, los tribunales vascos han tenido que parar los pies al Gobierno liberticida de Iñigo Urkullu, que había solicitado una vez más que el empleo del conocido como “pasaporte Covid” fuera obligatorio en el País Vasco para la entrada de los ciudadanos en bares, discotecas y restaurantes con más de 50 comensales. El Tribunal Superior de Justicia (TSJPV) han denegado esta posibilidad a través de un auto aprobado por dos votos a favor y un voto discrepante, emitido por el magistrado Luis Garrido.

 

(*) Los suscriptores del Club de Lectores de La Tribuna del País Vasco pueden solicitar una copia del auto del TSJPV a través de los canales habituales

 

La resolución judicial del TSJPV denuncia la falta de datos y la carencia de información ofrecida por el Gobierno Vasco para tratar de imponer el “pasaporte Covid” a los ciudadanos y explica que, al haber un 90% de vacunados, la imposición del “pasaporte Covid” resulta innecesaria, además de ser incongruente, ya que, por ejemplo, "no se plantea su exigencia a los propietarios y camareros".

 

Los jueces recuerdan que los Derechos Fundamentales afectados por la medida no se reducen a los taxativamente mencionados en la demanda, esto es igualdad e intimidad, sino que también es razonable considerar que "el derecho de reunión se une a ellos y en este sentido la efectividad de la medida pudiese alcanzar también a las celebraciones navideñas; el derecho a la libertad ambulatoria, las libertades de expresión y creación artística por ejemplo cuando de karaokes se trata e incluso, en la medida en que en dichos establecimiento se desarrolla la vida social del individuo, personal y colectivamente según los casos, se puede afectar al libre desarrollo de la personalidad, esto es, uno de los pilares del orden político y de la paz social. Por lo tanto, son varios e importantes los Derechos afectados y esto exige que la medida, la restricción de los mismos, observe adecuadamente las distintas facetas del principio de proporcionalidad”.

 

Frente a la limitación de estos derechos fundamentales, la Sala entiende que los datos aportados por el Departamento de Salud son insuficientes para aprobar esta medida excepcional porque sólo se incluye la media de la tasa de incidencia de 184,8 casos del pasado 15 de noviembre. Además, se constata que el propio Gobierno vasco acredita que la "presión hospitalaria no es preocupante", sin aportar datos concretos" sobre el número de camas dedicadas a atender a estos enfermos y qué proporción suponen del total de la capacidad de la Sanidad vasca".

 

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco explica también que el porcentaje de población mayor de 12 años vacunada con una dosis y con la pauta ya completa supera el 90%. “Este elevadísimo porcentaje de vacunados es un factor que opera en contra de la medida cuya autorización se pretende y es que lo que habrá que presumir es que la inmensa mayoría de la población está vacunada. Desde esa presunción, el imponer la exigencia del 'pasaporte Covid-19' de modo indiscriminado carece de justificación, y menos aún cuando simultáneamente se reconoce que los efectos del contagio en los vacunados no son relevantes”.

 

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