La Audiencia Nacional mantienen el archivo de la causa contra María Dolores de Cospedal
El exministro de Jorge Fernández Díaz será juzgado por posibles delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y malversación
![[Img #21877]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/04_2022/4955_screenshot-2022-04-20-at-16-08-27-jorge-fernandez-diaz-ministro-youtube-busqueda-de-google.png)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado todos los recursos de apelación contra el auto de pase a procedimiento abreviado de la Operación Kitchen y ha confirmado los indicios para juzgar a la excúpula del Ministerio del Interior, entre ellos el exministro Jorge Fernández Díaz, por el operativo policial puesto en marcha con el objetivo de sustraer al tesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la investigación del caso Gürtel.
En trece autos, los magistrados desestiman íntegramente los recursos presentados por la Fiscalía Anticorrupción, los partidos políticos PSOE y Podemos y los investigados contra el auto del juez Manuel García Castellón del pasado 29 de julio en el que cerraba la instrucción de esta pieza separada del caso Tándem y proponía juzgar a once personas.
Además de Fernández Díaz, el instructor consideraba que debían ser juzgados por estos hechos el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco M., el exdirector adjunto Operativo Eugenio P., los mandos policiales José Luis O., Marcelino M.B., José Ángel F.G., Bonifacio D.S., Enrique G.C., Andrés Manuel G.G., así como el comisario José Manuel V. y el chófer de Bárcenas Sergio R.
Los hechos, a juicio del instructor, podría ser constitutivos de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
En su recurso, la Fiscalía sostenía que la investigación judicial sobre esta pieza separada de 'Tándem' se había cerrado de forma precipitada porque quedaban cuestiones pendientes, entre ellas algunas diligencias solicitadas para el total esclarecimiento de los hechos y que afectarían a algunos de los investigados para los que se archivó la causa. En concreto, Anticorrupción veía extemporáneo el sobreseimiento de la exsecretaria general del PP María Dolores D.C. y de su marido Ignacio L.D.H; y pedía citar como investigado al exdirector de la Policía Ignacio C.
En relación con la petición de revocar el archivo de la causa para la exsecretaria general del PP y su marido, el auto examina todas las conversaciones, anotaciones y mensajes que según el fiscal probarían su implicación en los hechos y concluye que no son suficientes indicios de su participación en los hechos investigados, toda vez que quedan debilitados por los testimonios de los investigados José Manuel V., Sergio R. y Andrés Manuel G.G.
La Sala valora el reconocimiento de la exsecretaria general del PP y su marido de sus reuniones con José Manuel V. por “cuestiones al margen de los hechos investigados”. Por ello, el tribunal comparte los razonamientos del juez instructor cuando cerró al causa para ellos basándose en doctrina del Tribunal Supremo según la cual el auto de transformación a procedimiento abreviado es un filtro en manos del juez de instrucción para depurar el objeto procesal y expulsar mediante el sobreseimiento aquellos hechos investigados no respaldados por indicios fundados de comisión y continuar así el proceso respecto aquellos que cuentan con una base indiciaria sólida, evitando la apertura de juicios innecesarios.
![[Img #21877]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/04_2022/4955_screenshot-2022-04-20-at-16-08-27-jorge-fernandez-diaz-ministro-youtube-busqueda-de-google.png)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado todos los recursos de apelación contra el auto de pase a procedimiento abreviado de la Operación Kitchen y ha confirmado los indicios para juzgar a la excúpula del Ministerio del Interior, entre ellos el exministro Jorge Fernández Díaz, por el operativo policial puesto en marcha con el objetivo de sustraer al tesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la investigación del caso Gürtel.
En trece autos, los magistrados desestiman íntegramente los recursos presentados por la Fiscalía Anticorrupción, los partidos políticos PSOE y Podemos y los investigados contra el auto del juez Manuel García Castellón del pasado 29 de julio en el que cerraba la instrucción de esta pieza separada del caso Tándem y proponía juzgar a once personas.
Además de Fernández Díaz, el instructor consideraba que debían ser juzgados por estos hechos el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco M., el exdirector adjunto Operativo Eugenio P., los mandos policiales José Luis O., Marcelino M.B., José Ángel F.G., Bonifacio D.S., Enrique G.C., Andrés Manuel G.G., así como el comisario José Manuel V. y el chófer de Bárcenas Sergio R.
Los hechos, a juicio del instructor, podría ser constitutivos de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
En su recurso, la Fiscalía sostenía que la investigación judicial sobre esta pieza separada de 'Tándem' se había cerrado de forma precipitada porque quedaban cuestiones pendientes, entre ellas algunas diligencias solicitadas para el total esclarecimiento de los hechos y que afectarían a algunos de los investigados para los que se archivó la causa. En concreto, Anticorrupción veía extemporáneo el sobreseimiento de la exsecretaria general del PP María Dolores D.C. y de su marido Ignacio L.D.H; y pedía citar como investigado al exdirector de la Policía Ignacio C.
En relación con la petición de revocar el archivo de la causa para la exsecretaria general del PP y su marido, el auto examina todas las conversaciones, anotaciones y mensajes que según el fiscal probarían su implicación en los hechos y concluye que no son suficientes indicios de su participación en los hechos investigados, toda vez que quedan debilitados por los testimonios de los investigados José Manuel V., Sergio R. y Andrés Manuel G.G.
La Sala valora el reconocimiento de la exsecretaria general del PP y su marido de sus reuniones con José Manuel V. por “cuestiones al margen de los hechos investigados”. Por ello, el tribunal comparte los razonamientos del juez instructor cuando cerró al causa para ellos basándose en doctrina del Tribunal Supremo según la cual el auto de transformación a procedimiento abreviado es un filtro en manos del juez de instrucción para depurar el objeto procesal y expulsar mediante el sobreseimiento aquellos hechos investigados no respaldados por indicios fundados de comisión y continuar así el proceso respecto aquellos que cuentan con una base indiciaria sólida, evitando la apertura de juicios innecesarios.




















