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Pedro Chacón
Sábado, 24 de Septiembre de 2022 Tiempo de lectura:

El mito de la limpieza de sangre y el apellido eusquérico (y IV)

Como nos explica la especialista en el periodo, Lourdes Soria Sesé, en su trabajo “Entre derecho tradicional y derecho recibido: las repúblicas municipales de Vasconia durante la Edad Moderna” (de 2005, en p. 102): “En la práctica, y en términos generales, las ciudades y grandes o medianas villas tendieron a exigir formalmente la prueba. Los pequeños municipios y los rurales, así como la tierra llana, dieron por supuesta la hidalguía de los que tradicionalmente habían venido siendo sus vecinos. Algunos núcleos urbanos, sobre todo costeros, dedicados a la pesca y a la construcción naval, prescindieron del requisito pues para ellos, interesados en aumentar su población, bien porque esta fuera intrínsecamente escasa bien porque hubiera disminuido en los últimos tiempos por causa de pestes o de guerras, el foráneo era en cualquier caso bienvenido y no se podía dificultar su asentamiento con restricciones”.

 

Tenemos argumentos para sostener que la limpieza de sangre no se practicaba de manera exhaustiva, ni mucho menos, y esto debía ser así tanto con los nativos como con los relativamente escasos españoles de otras regiones que se avecindaron en Vizcaya y Guipúzcoa durante la Edad Moderna. Como ejemplo valga el que nos trae José María Portillo, recogido en su libro Monarquía y gobierno provincial. Poder y Constitución en las provincias vascas (1760-1808) (de 1991, p. 364, nota 356): “En un caso para el que se dispone de información más precisa, a raíz precisamente de la queja de un vecino hidalgo, sobre la igualación que sufría a los que no la tenían litigada, resultará, tras la inspección ordenada por la provincia, que once individuos ejercían el cargo sin hidalguía litigada (y cuatro de ellos con tradición familiar en el cargo de más de doscientos años), uno era vecino concejante sin hidalguía y solamente dos ejercían el cargo con hidalguía litigada”.

 

Y si bien el hecho de que ejercieran cargos sin conocerse su condición de hidalgos no nos dice nada definitivo sobre su procedencia foránea o no, aunque la podamos suponer en parte de ellos, tenemos el caso concreto de Larramendi, considerado el mejor intérprete del igualitarismo vasco, en expresión de Alfonso de Otazu, quien dice expresamente que aquí llegaron gentes de otras regiones, tanto españolas como europeas, y de otros países, no solo del resto de España, que tuvieron que demostrar su hidalguía: “Hay, pues, en Guipúzcoa y en muchos de sus pueblos algunos vecinos cuyos padres y abuelos vinieron de Inglaterra, Francia, Flandes y otras provincias extranjeras, y también algunos de Castilla, Navarra, Aragón y otras provincias de España; pero a quienes, para establecerse aquí y ser vecinos, se les hicieron pruebas rigurosas de hidalguía, enviando a aquellas regiones caballeros informantes, que aquí llaman diligencieros; pruebas que se examinaron y aprobaron en juntas generales de Guipúzcoa” (la cita en la p. 136 de la obra de Manuel Larramendi, Corografía o descripción general de la muy noble y muy leal provincia de Guipúzcoa, editada en 1969 pero escrita en 1754). La cuestión que importa aquí no es que tuvieran que demostrar su hidalguía, sino que efectivamente vinieron de fuera y se quedaron aquí. Que la vasca no era una sociedad cerrada al exterior, ni en particular cerrada al resto de España.

 

También tenemos más pruebas, por supuesto, que demuestran que la limpieza de sangre en España, como antes vimos para el País Vasco, no tenía un carácter indiscriminado, que no se reducía a las provincias vascas, sino que se practicaba en toda España y que no afectaba a todos los sectores sociales por igual. Nos las da el investigador colombiano Max-Sebastián Hering Torres, quien nos recuerda, en su trabajo “Limpieza de sangre en España. Un modelo de interpretación” (de 2011, pp. 36-37), que la solicitud de pruebas solo se instauró, aparte de en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya y en la villa de Espinosa de los Monteros, en ciertas órdenes religiosas, en colegios mayores, en cabildos catedralicios, en órdenes militares y en el Santo Oficio de la Inquisición. Lourdes Soria Sesé, por su parte, en el trabajo antes reseñado (p. 103), nos dice que para el caso de Álava también se practicaron, aunque más tardíamente, los estatutos de limpieza de sangre, concretamente a partir de 1710.

 

Y si nos centramos de nuevo en la limpieza de sangre para el caso vasco, recogemos un estudio de José Ramón Díaz de Durana, titulado La otra nobleza, publicado en 2004, que en sus páginas 112 a 122 contribuye a desmitificar el carácter de limpieza de sangre intemporal de los vizcaínos, asociado a sus apellidos eusquéricos, que nos quiere transmitir Sabino Arana en la polémica con el carlista Echave-Sustaeta y que es el tema central de esta miniserie de cuatro capítulos que se cierra con este. Se trata de una estadística de 165 ejecutorias de hidalguía, donde los solicitantes son en su mayoría guipuzcoanos y vizcaínos, que van entre los años 1476 y 1520 a otros territorios de la corona española. Estamos, para el caso vizcaíno, en el periodo de tránsito entre el Fuero Viejo de 1452 y el Fuero Nuevo de 1526, con la diferencia de que en el primero, como es sabido, no se contemplaba aún la hidalguía universal de los vizcaínos y en el segundo sí. De esas ejecutorias, todas ellas resueltas favorablemente, se infiere que otras, no sabemos en qué proporción, no fueron resueltas a favor de los demandantes vascos. Se hace constar que en ese tiempo la emigración desde el País Vasco hacia las provincias limítrofes del sur era “un elemento central en la economía y la sociedad de los territorios costeros del País Vasco”. El listado incluye tambíén 35 demandas de hidalguía de guipuzcoanos y vizcaínos solicitadas a municipios alaveses, lo cual permite deducir que la procedencia guipuzcoana o vizcaína tampoco constituía un salvoconducto por sí sola.

 

Pero la última prueba de nuestra argumentación, de carácter definitivo para nuestro propósito, nos la ofrece el Índice de las genealogías y pruebas que se custodian en el Archivo General de la Casa de Juntas de Guernica, debido al genealogista guipuzcoano Juan Carlos Guerra, publicado como libro en 1923 pero adelantado por entregas en la revista Euskal-Erria de San Sebastián, órgano que fue del fuerismo vasco durante los 38 años seguidos de su publicación, entre 1880 y 1918, donde se puede consultar en sus tomos LXVIII, LXIX y LXX, de 1913 y 1914 (la primera entrega está en el primer tomo de los tres mencionados, el LXVIII, concretamente en su número 1075 de 28 de febrero de 1913, a partir de la página 148). El autor lo que hace en este trabajo es extraer de la colección histórica de expedientes de hidalguía vizcaína un índice de apellidos de quienes la obtuvieron, cuyo valor es extraordinario porque nos permite deducir, entre otras consideraciones, que no por tener apellido eusquérico estaban los individuos eximidos de demostrar su hidalguía, ni siquiera en la misma Vizcaya, y también que había una proporción interesante de individuos sin apellido eusquérico que pedían la hidalguía y la obtenían para desempeñar cargos en Vizcaya. Así, realizando una estadística para la ocasión, obtenemos que, de los 2.487 expedientes de hidalguía en Vizcaya que se recogen aquí, aproximadamente el 70%, o sea 1.738 casos, corresponden a individuos con apellidos eusquéricos, de los cuales solo constan los dos primeros apellidos en 360 casos. El resto de solicitantes, 749, o sea un 30%, casi un tercio del total, tienen apellidos no eusquéricos. En 130 casos comparten un apellido eusquérico con otro no eusquérico. En los demás casos, 619, no hay ningún apellido eusquérico, lo que hace que una cuarta parte de los hidalgos vizcaínos reconocidos entre 1526 y 1864, no tengan ninguno de sus apellidos eusquéricos. De ellos, en 353 casos solo conocemos su primer apellido y en 189 casos los dos. 77 expedientes corresponden a extranjeros. Con esta estadística podemos concluir que la limpieza de sangre en España, y en particular en Vizcaya y resto del País Vasco, solo afectaba a individuos que por su religión no demostraran un linaje de acendrado catolicismo, sin tener que ver en absoluto con sus apellidos o procedencia. Lo cual permite derribar los dos argumentos principales de Sabino Arana Goiri en relación con el mito de la limpieza de sangre: que con solo el apellido eusquérico quedaría ya demostrada la limpieza de sangre de su portador y que los estatutos de limpieza de sangre tendrían como objeto evitar que entraran españoles de otras latitudes en tierra vasca. Ambas consideraciones son falsas de toda falsedad.

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