Dice que “altera la normalización” de la lengua catalana
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares paraliza la enseñanza del inglés en las escuelas de las islas
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado nulo el Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) (leer decreto íntegro al final de la información) en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consejo del Gobierno balear. Alega entre sus argumentos que, con la implantación del trilingüismo, esta norma "altera" el proceso de normalización de la lengua catalana, a la que deja como "un resto significativamente menor".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de esta forma, mediante tres sentencias, los recursos interpuestos contra el Decreto por los sindicatos CCOO, UGT y STEI-i.
Según informala agencia Europa Press, uno de los puntos del TIL que mayor polémica ha suscitado en el sector educativo es el que establece que, como objetivo fundamental, se consiga que todos los alumnos alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.
Ante esto, y haciendo suyos los argumentos esgrimidos por las entidades demandantes, el tribunal asevera que el Ejecutivo autonómico ha vulnerado el Estatuto de Autonomía de Baleares, en cuyo marco se establece la obligación de normalizar el conocimiento y la utilización de la lengua catalana.
Y en este contexto, recalca cómo la Ley Balear 3/1986, de Normalización Lingüística, proclama entre sus objetivos el de asegurar el conocimiento y el uso progresivo del catalán como lengua vehicular en el ámbito de la enseñanza.
La Sala incide en el hecho de que esta norma propugna que en todos los niveles, grados y modalidades de la enseñanza no universitaria deben enseñarse obligatoriamente la lengua y la literatura catalanas, y ello debe ser llevado a cabo de modo que los alumnos "puedan usar normal y correctamente las lenguas catalana y castellana al finalizar el periodo de escolaridad obligatoria".
Pese a ello, abunda en que el Decreto del TIL, "sin paliativos", ha provocado una modificación del sistema educativo, que "era bilingüe y pasa ahora a ser trilingüe", dejando que la enseñanza en lengua catalana sea "un resto significativamente menor" como es el que "queda después de descontar las asignaturas de -y en- lengua catalana".
"Ahí queda ya a la vista -'y en carne viva'- la irremediable incidencia que en el peso real de la enseñanza en lengua catalana va a suponer la implantación del modelo educativo trilingüe", insiste el tribunal, que apunta a la "alteración" que supone la implantación del TIL para la lengua catalana y para el proceso de normalización en curso.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado nulo el Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) (leer decreto íntegro al final de la información) en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consejo del Gobierno balear. Alega entre sus argumentos que, con la implantación del trilingüismo, esta norma "altera" el proceso de normalización de la lengua catalana, a la que deja como "un resto significativamente menor".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de esta forma, mediante tres sentencias, los recursos interpuestos contra el Decreto por los sindicatos CCOO, UGT y STEI-i.
Según informala agencia Europa Press, uno de los puntos del TIL que mayor polémica ha suscitado en el sector educativo es el que establece que, como objetivo fundamental, se consiga que todos los alumnos alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.
Ante esto, y haciendo suyos los argumentos esgrimidos por las entidades demandantes, el tribunal asevera que el Ejecutivo autonómico ha vulnerado el Estatuto de Autonomía de Baleares, en cuyo marco se establece la obligación de normalizar el conocimiento y la utilización de la lengua catalana.
Y en este contexto, recalca cómo la Ley Balear 3/1986, de Normalización Lingüística, proclama entre sus objetivos el de asegurar el conocimiento y el uso progresivo del catalán como lengua vehicular en el ámbito de la enseñanza.
La Sala incide en el hecho de que esta norma propugna que en todos los niveles, grados y modalidades de la enseñanza no universitaria deben enseñarse obligatoriamente la lengua y la literatura catalanas, y ello debe ser llevado a cabo de modo que los alumnos "puedan usar normal y correctamente las lenguas catalana y castellana al finalizar el periodo de escolaridad obligatoria".
Pese a ello, abunda en que el Decreto del TIL, "sin paliativos", ha provocado una modificación del sistema educativo, que "era bilingüe y pasa ahora a ser trilingüe", dejando que la enseñanza en lengua catalana sea "un resto significativamente menor" como es el que "queda después de descontar las asignaturas de -y en- lengua catalana".
"Ahí queda ya a la vista -'y en carne viva'- la irremediable incidencia que en el peso real de la enseñanza en lengua catalana va a suponer la implantación del modelo educativo trilingüe", insiste el tribunal, que apunta a la "alteración" que supone la implantación del TIL para la lengua catalana y para el proceso de normalización en curso.