Alumnos con inseguridad jurídica
Gloria Lago: "El Proyecto de Ley de Educación del Gobierno Vasco es hispanófobo y antipedagógico"
Este proyecto de ley es hispanófobo y anti pedagógico
Si tuviésemos que resumir lo que supone para los derechos lingüísticos del alumnado hispanohablante el Proyecto de Ley de Educación del País Vasco aprobado recién por el Gobierno autonómico diríamos que es el fin de los modelos lingüísticos, aunque se preserva el modelo íntegramente en euskera.
La nueva ley pone al alumnado que tiene el español como lengua materna, o que prefiere ser educado en esta lengua, en una posición de inseguridad jurídica a la hora de reclamar asignaturas en su idioma, mientras promueve el borrado del español no solo de las aulas sino también de los pasillos, de las actividades extraescolares e incluso de la vida familiar.
El hecho de que en el capítulo IV de la norma, el que se refiere al uso de las lenguas, se utilice la palabra euskera 16 veces y 0 veces la palabra castellano o español es muy revelador. "Nuestra lengua común es mencionada como la otra lengua oficial, pero nunca por su nombre. Este proyecto de ley es hispanófobo y antipedagógico".
Resumen de lo más significativo del Capítulo IV
1. La categoría del español como lengua oficial queda difuminada en favor del euskera, que pasa a ser ya oficialmente el eje vertebrador de la enseñanza.
2. Los centros educativos, al igual que sucede ahora en la Comunidad Valenciana, tendrán la potestad de decidir en qué lengua se imparte cada materia.
3. Desparece el hasta ahora vigente, aunque vapuleado, modelo lingüístico en español, en favor de un sistema en el que no se asigna lengua vehicular a las asignaturas. Lo centros podrán hacer y deshacer a su antojo.
4. El profesorado habrá de demostrar un conocimiento de inglés y de euskera a un nivel determinado. No se exige conocimiento de castellano/español.
5. Los alumnos deberán alcanzar en ambas lenguas oficiales un nivel A2 al finalizar Primaria y un nivel B1 al término de la ESO, pero serán sus propios docentes quienes lo evalúen.
6. Se introduce el concepto de “lengua ambiental”, que será el euskera, y que se utilizará en el “ecosistema lingüístico”, que suponemos será el propio centro educativo y sus circunstancias. La generalización del uso del euskera conlleva la corresponsabilidad de toda la comunidad educativa: a) Ha de ser normalmente el vehículo de expresión en las actividades que se desarrollen en el propio centro y en las de proyección exterior; b) se implicará al personal no docente y a las familias; c) afectará a las actividades extraescolares y al tiempo libre.
Si tuviésemos que resumir lo que supone para los derechos lingüísticos del alumnado hispanohablante el Proyecto de Ley de Educación del País Vasco aprobado recién por el Gobierno autonómico diríamos que es el fin de los modelos lingüísticos, aunque se preserva el modelo íntegramente en euskera.
La nueva ley pone al alumnado que tiene el español como lengua materna, o que prefiere ser educado en esta lengua, en una posición de inseguridad jurídica a la hora de reclamar asignaturas en su idioma, mientras promueve el borrado del español no solo de las aulas sino también de los pasillos, de las actividades extraescolares e incluso de la vida familiar.
El hecho de que en el capítulo IV de la norma, el que se refiere al uso de las lenguas, se utilice la palabra euskera 16 veces y 0 veces la palabra castellano o español es muy revelador. "Nuestra lengua común es mencionada como la otra lengua oficial, pero nunca por su nombre. Este proyecto de ley es hispanófobo y antipedagógico".
Resumen de lo más significativo del Capítulo IV
1. La categoría del español como lengua oficial queda difuminada en favor del euskera, que pasa a ser ya oficialmente el eje vertebrador de la enseñanza.
2. Los centros educativos, al igual que sucede ahora en la Comunidad Valenciana, tendrán la potestad de decidir en qué lengua se imparte cada materia.
3. Desparece el hasta ahora vigente, aunque vapuleado, modelo lingüístico en español, en favor de un sistema en el que no se asigna lengua vehicular a las asignaturas. Lo centros podrán hacer y deshacer a su antojo.
4. El profesorado habrá de demostrar un conocimiento de inglés y de euskera a un nivel determinado. No se exige conocimiento de castellano/español.
5. Los alumnos deberán alcanzar en ambas lenguas oficiales un nivel A2 al finalizar Primaria y un nivel B1 al término de la ESO, pero serán sus propios docentes quienes lo evalúen.
6. Se introduce el concepto de “lengua ambiental”, que será el euskera, y que se utilizará en el “ecosistema lingüístico”, que suponemos será el propio centro educativo y sus circunstancias. La generalización del uso del euskera conlleva la corresponsabilidad de toda la comunidad educativa: a) Ha de ser normalmente el vehículo de expresión en las actividades que se desarrollen en el propio centro y en las de proyección exterior; b) se implicará al personal no docente y a las familias; c) afectará a las actividades extraescolares y al tiempo libre.