Deberá comparecer cada 15 días
El juez Peinado envía a juicio a Begoña Gómez, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España
![[Img #30725]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/06_2026/3535_1111111111111111.jpg)
El juez instructor Juan Carlos Peinado ha acordado la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, el tirano socialista Pedro Sánchez, así como contra su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, al considerar que existen indicios suficientes para que los hechos sean enjuiciados por un tribunal.
Junto con la apertura del procedimiento, el magistrado ha impuesto a Begoña Gómez una batería de medidas cautelares destinadas, según razona en su resolución, a garantizar su disponibilidad durante el proceso judicial. Entre ellas figuran la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de comparecer periódicamente en sede judicial, con una frecuencia quincenal. Las mismas restricciones se aplican a Cristina Álvarez, mientras que Barrabés afrontará el juicio sin medidas cautelares de carácter personal.
La decisión llega después de la audiencia preliminar celebrada esta semana, en la que las acusaciones populares —encabezadas por la asociación Hazte Oír— defendieron la necesidad de adoptar estas medidas por la gravedad de las penas solicitadas y por el riesgo de fuga que, a su juicio, existe en este procedimiento. La Fiscalía, por el contrario, mantuvo su posición favorable al archivo de la causa al considerar que no concurren elementos suficientes para sostener la acusación en juicio.
En el auto, el juez Peinado sostiene que la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de España constituyen medidas proporcionadas para asegurar la presencia de la investigada durante el desarrollo del proceso. El magistrado llega incluso a argumentar que la circunstancia de que Begoña Gómez disponga de escolta policial no elimina el eventual riesgo de fuga e incluso apunta que dichos agentes podrían llegar a facilitar una hipotética evasión si recibieran instrucciones en ese sentido, una afirmación que ha provocado una inmediata controversia política y jurídica.
Desde el Gobierno, fuentes de La Moncloa han calificado la resolución de "desproporcionada" y han denunciado que responde a una actuación judicial carente de fundamento jurídico y motivada por razones políticas. El PSOE ha reiterado su respaldo a Begoña Gómez, insistiendo en que es inocente y denunciando lo que considera una persecución judicial continuada contra la esposa del presidente del Gobierno.
El procedimiento continuará ahora su tramitación en la instancia competente para la celebración del juicio, si bien las defensas disponen todavía de la posibilidad de recurrir tanto la apertura de juicio oral como las medidas cautelares acordadas por el instructor. Hasta que esos recursos sean resueltos, Begoña Gómez deberá entregar su pasaporte, permanecer en territorio español y comparecer periódicamente ante el juzgado conforme a las condiciones fijadas por el magistrado.
La decisión del juez Juan Carlos Peinado supone el último capítulo de una de las investigaciones judiciales con mayor repercusión política de la actual legislatura. Lo que comenzó hace cerca de dos años como unas diligencias previas impulsadas tras una denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias ha terminado desembocando en la apertura de juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno.
La investigación arrancó en abril de 2024, cuando el juez admitió a trámite una denuncia en la que se apuntaban posibles delitos relacionados con la actividad profesional de Begoña Gómez al frente de distintas iniciativas vinculadas a la Universidad Complutense de Madrid y a la captación de financiación empresarial para diversos proyectos. La apertura de diligencias provocó una enorme conmoción política. Pedro Sánchez anunció entonces un período de reflexión de cinco días sobre su continuidad al frente del Gobierno, tras el cual compareció públicamente para anunciar que continuaría en el cargo. La UCO de la Guardia Civil ha demostrado ahora que, durante ese tiempo, se pusieron en marcha las "cloacas" del PSOE para, presuntamente, tratar de impedir cualquier tipo de actuación policial o judicial que atacara al partido o al Gobierno socialista.
Con el paso de los meses, el procedimiento fue ampliándose. El magistrado ordenó numerosas diligencias de investigación, tomó declaración a empresarios, responsables universitarios y altos cargos de la Administración, reclamó abundante documentación y amplió el objeto de la investigación a distintas líneas relacionadas con la actividad profesional de Gómez.
Uno de los focos principales de la instrucción se centró en la creación y gestión de la cátedra extraordinaria que Begoña Gómez dirigía en la Universidad Complutense y en las relaciones mantenidas con varias empresas privadas que posteriormente participaron en proyectos universitarios impulsados desde esa institución. El juez también investigó la posible utilización de una asesora contratada por Presidencia del Gobierno para colaborar en actividades de carácter privado vinculadas a Begoña Gómez, circunstancia por la que acabó siendo igualmente procesada Cristina Álvarez.
Durante toda la instrucción, la Fiscalía se opuso reiteradamente a buena parte de las decisiones del instructor. El Ministerio Público recurrió diversas resoluciones, solicitó en varias ocasiones el archivo de las actuaciones y sostuvo que no existían indicios suficientes para continuar el procedimiento. También la Abogacía del Estado defendió la inexistencia de responsabilidades penales.
Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial de Madrid como el propio juez Peinado fueron avalando, en líneas generales, la continuidad de la investigación. Aunque algunas diligencias fueron corregidas o limitadas por instancias superiores, el núcleo esencial de la instrucción permaneció intacto y permitió al magistrado seguir incorporando nuevos elementos al procedimiento.
A lo largo de estos dos años comparecieron numerosos testigos e investigados, entre ellos empresarios como Juan Carlos Barrabés, responsables universitarios, funcionarios y distintos cargos relacionados con los proyectos objeto de investigación. La causa fue adquiriendo una dimensión política creciente al afectar directamente al entorno más próximo del presidente del Gobierno y convertirse en uno de los principales frentes judiciales del Ejecutivo.
Finalmente, una vez concluida la fase de instrucción, el juez consideró que existían indicios suficientes para que los hechos fueran enjuiciados. En la vista previa celebrada esta semana, las acusaciones populares solicitaron, además de la apertura del juicio oral, la retirada del pasaporte de Begoña Gómez y la prohibición de abandonar España, alegando riesgo de fuga ante la gravedad de las penas interesadas.
El magistrado ha hecho suya esa petición y ha acordado retirar el pasaporte a la esposa del presidente del Gobierno, prohibirle salir del territorio nacional y obligarla a comparecer cada quince días ante el juzgado mientras continúa la tramitación del procedimiento. Se trata de la primera vez desde el inicio del caso en que el instructor adopta medidas cautelares personales de esta naturaleza, un paso que eleva considerablemente la trascendencia jurídica y política de una causa que ha marcado buena parte del debate público español desde la primavera de 2024.
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El juez instructor Juan Carlos Peinado ha acordado la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, el tirano socialista Pedro Sánchez, así como contra su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, al considerar que existen indicios suficientes para que los hechos sean enjuiciados por un tribunal.
Junto con la apertura del procedimiento, el magistrado ha impuesto a Begoña Gómez una batería de medidas cautelares destinadas, según razona en su resolución, a garantizar su disponibilidad durante el proceso judicial. Entre ellas figuran la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de comparecer periódicamente en sede judicial, con una frecuencia quincenal. Las mismas restricciones se aplican a Cristina Álvarez, mientras que Barrabés afrontará el juicio sin medidas cautelares de carácter personal.
La decisión llega después de la audiencia preliminar celebrada esta semana, en la que las acusaciones populares —encabezadas por la asociación Hazte Oír— defendieron la necesidad de adoptar estas medidas por la gravedad de las penas solicitadas y por el riesgo de fuga que, a su juicio, existe en este procedimiento. La Fiscalía, por el contrario, mantuvo su posición favorable al archivo de la causa al considerar que no concurren elementos suficientes para sostener la acusación en juicio.
En el auto, el juez Peinado sostiene que la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de España constituyen medidas proporcionadas para asegurar la presencia de la investigada durante el desarrollo del proceso. El magistrado llega incluso a argumentar que la circunstancia de que Begoña Gómez disponga de escolta policial no elimina el eventual riesgo de fuga e incluso apunta que dichos agentes podrían llegar a facilitar una hipotética evasión si recibieran instrucciones en ese sentido, una afirmación que ha provocado una inmediata controversia política y jurídica.
Desde el Gobierno, fuentes de La Moncloa han calificado la resolución de "desproporcionada" y han denunciado que responde a una actuación judicial carente de fundamento jurídico y motivada por razones políticas. El PSOE ha reiterado su respaldo a Begoña Gómez, insistiendo en que es inocente y denunciando lo que considera una persecución judicial continuada contra la esposa del presidente del Gobierno.
El procedimiento continuará ahora su tramitación en la instancia competente para la celebración del juicio, si bien las defensas disponen todavía de la posibilidad de recurrir tanto la apertura de juicio oral como las medidas cautelares acordadas por el instructor. Hasta que esos recursos sean resueltos, Begoña Gómez deberá entregar su pasaporte, permanecer en territorio español y comparecer periódicamente ante el juzgado conforme a las condiciones fijadas por el magistrado.
La decisión del juez Juan Carlos Peinado supone el último capítulo de una de las investigaciones judiciales con mayor repercusión política de la actual legislatura. Lo que comenzó hace cerca de dos años como unas diligencias previas impulsadas tras una denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias ha terminado desembocando en la apertura de juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno.
La investigación arrancó en abril de 2024, cuando el juez admitió a trámite una denuncia en la que se apuntaban posibles delitos relacionados con la actividad profesional de Begoña Gómez al frente de distintas iniciativas vinculadas a la Universidad Complutense de Madrid y a la captación de financiación empresarial para diversos proyectos. La apertura de diligencias provocó una enorme conmoción política. Pedro Sánchez anunció entonces un período de reflexión de cinco días sobre su continuidad al frente del Gobierno, tras el cual compareció públicamente para anunciar que continuaría en el cargo. La UCO de la Guardia Civil ha demostrado ahora que, durante ese tiempo, se pusieron en marcha las "cloacas" del PSOE para, presuntamente, tratar de impedir cualquier tipo de actuación policial o judicial que atacara al partido o al Gobierno socialista.
Con el paso de los meses, el procedimiento fue ampliándose. El magistrado ordenó numerosas diligencias de investigación, tomó declaración a empresarios, responsables universitarios y altos cargos de la Administración, reclamó abundante documentación y amplió el objeto de la investigación a distintas líneas relacionadas con la actividad profesional de Gómez.
Uno de los focos principales de la instrucción se centró en la creación y gestión de la cátedra extraordinaria que Begoña Gómez dirigía en la Universidad Complutense y en las relaciones mantenidas con varias empresas privadas que posteriormente participaron en proyectos universitarios impulsados desde esa institución. El juez también investigó la posible utilización de una asesora contratada por Presidencia del Gobierno para colaborar en actividades de carácter privado vinculadas a Begoña Gómez, circunstancia por la que acabó siendo igualmente procesada Cristina Álvarez.
Durante toda la instrucción, la Fiscalía se opuso reiteradamente a buena parte de las decisiones del instructor. El Ministerio Público recurrió diversas resoluciones, solicitó en varias ocasiones el archivo de las actuaciones y sostuvo que no existían indicios suficientes para continuar el procedimiento. También la Abogacía del Estado defendió la inexistencia de responsabilidades penales.
Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial de Madrid como el propio juez Peinado fueron avalando, en líneas generales, la continuidad de la investigación. Aunque algunas diligencias fueron corregidas o limitadas por instancias superiores, el núcleo esencial de la instrucción permaneció intacto y permitió al magistrado seguir incorporando nuevos elementos al procedimiento.
A lo largo de estos dos años comparecieron numerosos testigos e investigados, entre ellos empresarios como Juan Carlos Barrabés, responsables universitarios, funcionarios y distintos cargos relacionados con los proyectos objeto de investigación. La causa fue adquiriendo una dimensión política creciente al afectar directamente al entorno más próximo del presidente del Gobierno y convertirse en uno de los principales frentes judiciales del Ejecutivo.
Finalmente, una vez concluida la fase de instrucción, el juez consideró que existían indicios suficientes para que los hechos fueran enjuiciados. En la vista previa celebrada esta semana, las acusaciones populares solicitaron, además de la apertura del juicio oral, la retirada del pasaporte de Begoña Gómez y la prohibición de abandonar España, alegando riesgo de fuga ante la gravedad de las penas interesadas.
El magistrado ha hecho suya esa petición y ha acordado retirar el pasaporte a la esposa del presidente del Gobierno, prohibirle salir del territorio nacional y obligarla a comparecer cada quince días ante el juzgado mientras continúa la tramitación del procedimiento. Se trata de la primera vez desde el inicio del caso en que el instructor adopta medidas cautelares personales de esta naturaleza, un paso que eleva considerablemente la trascendencia jurídica y política de una causa que ha marcado buena parte del debate público español desde la primavera de 2024.





















