Trama Ábalos-Koldo-Aldama
La máquina del poder: el Tribunal Supremo reconstruye el funcionamiento de una organización criminal en el corazón del Gobierno de Pedro Sánchez
La sentencia que reconstruye cómo, según los magistrados, una relación nacida en el PSOE terminó convirtiéndose en una organización criminal dedicada a utilizar el poder político para obtener contratos públicos, colocar personas afines y recibir comisiones
![[Img #30737]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/06_2026/565_1111111111111111111.jpg)
Durante años fueron apareciendo fotografías, rumores, conversaciones interceptadas, informes policiales y declaraciones que parecían piezas aisladas de un puzle gigantesco. Un antiguo ministro de Transportes. Su inseparable asesor. Un empresario con acceso privilegiado a los despachos del poder. Contratos públicos, pisos, alquileres pagados por terceros, vacaciones gratuitas, adjudicaciones durante la pandemia y colocaciones en empresas públicas.
Ahora, por primera vez, el Tribunal Supremo ha unido todas esas piezas en una única narración judicial.
La sentencia de la Sala Segunda no se limita a condenar a José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama. Reconstruye, episodio por episodio, cómo nació, se desarrolló y terminó funcionando lo que los magistrados califican como una organización criminal cuya finalidad era obtener beneficios económicos aprovechando el poder político y administrativo.
La resolución condena a José Luis Ábalos a un total de veinticuatro años y tres meses de prisión —con un máximo efectivo de cumplimiento de quince años y dieciocho meses—; a Koldo García a diecinueve años, ocho meses y un día —con un máximo efectivo de quince años—; y a Víctor de Aldama por diversos delitos de organización criminal y cohecho, si bien con una importante rebaja de condena por su colaboración con la Justicia.
Todo comenzó en la campaña de Pedro Sánchez
Para entender la historia hay que retroceder hasta 2017. José Luis Ábalos acababa de convertirse en secretario de Organización del PSOE cuando, durante la campaña de las primarias que devolverían a Pedro Sánchez a la Secretaría General del partido, conoció en Navarra a Koldo García. Fue Santos Cerdán quien recomendó incorporarlo como conductor.
Aquella decisión, aparentemente rutinaria, acabaría teniendo enormes consecuencias. Cuando Ábalos fue nombrado ministro de Fomento en junio de 2018, Koldo dejó de ser simplemente un chófer. Pasó a convertirse en su asesor personal de absoluta confianza.
Según la sentencia, dentro del Ministerio su autoridad era tal que muchos altos cargos daban por hecho que cualquier indicación transmitida por Koldo equivalía a una orden directa del ministro. No solo gestionaba asuntos profesionales. También realizaba gestiones personales, administraba dinero en efectivo y actuaba, de hecho, como prolongación del propio Ábalos.
Poco después apareció un tercer protagonista.
Víctor de Aldama, empresario español, conoció a Koldo a finales de 2018. La relación se hizo rápidamente frecuente y terminó extendiéndose al propio ministro. Aquella amistad sería, según el Supremo, el punto de partida de toda la trama.
El pacto
Los magistrados sitúan el verdadero nacimiento de la organización criminal cuando los tres acusados comprendieron las posibilidades que ofrecía controlar uno de los ministerios con mayor capacidad inversora del Estado.
La sentencia afirma que decidieron aprovechar el cargo institucional de Ábalos para favorecer intereses privados a cambio de beneficios económicos que serían repartidos entre ellos.
El reparto de funciones estaba perfectamente definido. Ábalos aportaba el poder político y la capacidad de influencia derivada de su doble condición de ministro y secretario de Organización del PSOE.
Koldo actuaba como intermediario permanente, ejecutando órdenes, abriendo puertas y trasladando instrucciones.
Víctor de Aldama captaba empresarios interesados en contratar con la Administración y gestionaba los pagos derivados de esas operaciones.
El Tribunal considera acreditado que aquella estructura tenía vocación de permanencia, distribución de tareas y un objetivo común: utilizar la influencia política para obtener beneficios económicos. Precisamente por ello concluye que concurren todos los elementos del delito de organización criminal.
El sueldo oculto
Toda organización necesita financiación. Según la sentencia, la cohesión del grupo se garantizaba mediante un flujo constante de dinero. Víctor de Aldama entregaba mensualmente 10.000 euros destinados, según la propia resolución, a sufragar los "gastos fijos" de José Luis Ábalos. A ello se añadía el pago íntegro del alquiler del apartamento ocupado por Jessica Rodríguez, entonces pareja del ministro, cuyo coste superó los 82.000 euros.
Pero había algo más.
La sentencia describe un contrato de arrendamiento con opción de compra sobre un piso situado en el Paseo de la Castellana de Madrid que, según los magistrados, nunca tuvo la finalidad real de servir como vivienda. El inmueble estaba valorado en más de 1,4 millones de euros mientras que el precio pactado para su eventual adquisición era de apenas 750.000 euros.
Para el Supremo, todos estos pagos formaban parte del mecanismo destinado a mantener cohesionada la organización criminal y garantizar la continuidad de las contraprestaciones económicas.
La pandemia y el gran negocio de las mascarillas
La llegada del Covid-19 abrió una oportunidad extraordinaria. Mientras el país sufría la mayor emergencia sanitaria de su historia reciente, millones de mascarillas debían adquirirse con carácter urgente.
La sentencia sostiene que los tres acusados aprovecharon aquella situación excepcional para favorecer a la empresa Soluciones de Gestión.
Antes incluso de que los responsables administrativos conocieran oficialmente las órdenes ministeriales, la empresa ya sabía que sería la adjudicataria de contratos millonarios, afirma el Tribunal.
Las compras fueron canalizadas a través de Puertos del Estado y ADIF.
Las comisiones obtenidas por Víctor de Aldama ascendieron, según la resolución, a más de 6,6 millones de euros.
Los magistrados consideran probado que existía una previsión de repartir parte de esas ganancias entre los integrantes de la organización: dos millones de euros para Ábalos y medio millón para Koldo García.
Por estos hechos, la sentencia aprecia delitos de cohecho y tráfico de influencias, descartando, sin embargo, la existencia de prevaricación administrativa al entender que no quedó acreditado el carácter arbitrario de las adjudicaciones en los términos exigidos por el Código Penal.
El poder también servía para colocar personas
La investigación no se limitó a contratos públicos. El Supremo dedica varios capítulos a analizar cómo, según considera probado, la influencia política fue utilizada para conseguir empleos en empresas públicas.
Uno de los episodios afecta a Claudia Montes. Tras mantener una relación personal con Ábalos, este pidió a Koldo que encontrara un puesto para ella en Renfe, ADIF o alguna de sus sociedades. La contratación terminó produciéndose en Logirail.
Cuando dejó de acudir al trabajo y se inició un expediente disciplinario, la sentencia afirma que la intervención de Ábalos y Koldo consiguió paralizar el procedimiento y que el gerente que impulsaba aquellas actuaciones acabó siendo cesado.
Jessica Rodríguez: un sueldo sin acudir al trabajo
El capítulo más llamativo es probablemente el dedicado a Jessica Rodríguez. Según la sentencia, Ábalos diseñó un plan para que su pareja obtuviera un salario procedente de empresas públicas sin necesidad de prestar servicio alguno. Primero fue contratada por Ineco. Después pasó a Tragsatec. El Tribunal considera probado que únicamente acudió una vez a recoger un ordenador y otra para una entrevista inicial.
Durante el resto del tiempo no desempeñó ninguna actividad laboral efectiva. Pese a ello percibió más de 43.000 euros en salarios abonados por empresas públicas. Por estos hechos, la Sala condena por malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.
Air Europa y unas vacaciones en Marbella
Uno de los episodios más singulares tiene como protagonista a Air Europa. La compañía atravesaba graves dificultades económicas durante la pandemia. Víctor de Aldama solicitó que el Ministerio emitiera una nota de prensa que transmitiera tranquilidad a acreedores y mercados sobre el futuro rescate de la aerolínea.
La nota terminó publicándose.
Pocos días después, según declara probado el Supremo, Ábalos y su familia disfrutaron gratuitamente de unas vacaciones en una villa de Marbella cuyo alquiler había sido gestionado por Aldama con la colaboración de Koldo García. Para el Tribunal, aquellas vacaciones constituyeron una dádiva recibida como contraprestación por las gestiones realizadas y encajan plenamente en el delito de cohecho.
Un segundo chalé
La sentencia describe un episodio similar relacionado con una vivienda situada en la urbanización La Alcaidesa, en Cádiz. El inmueble fue adquirido por una sociedad vinculada a personas próximas a Aldama y posteriormente cedido mediante un contrato de alquiler con opción de compra a José Luis Ábalos.
Según el Tribunal, apenas se abonó la fianza inicial y nunca se pagaron las rentas posteriores. Los magistrados consideran acreditado que la cesión gratuita del uso del chalé constituía otra contraprestación vinculada a gestiones realizadas en favor de intereses privados, por lo que vuelven a apreciar un delito de cohecho.
No todo terminó en condena
La sentencia también dedica espacio a explicar por qué determinados episodios no acabaron siendo castigados penalmente. Las gestiones relacionadas con Villafuel, los salvoconductos emitidos durante el estado de alarma o las actuaciones para intentar aplazar una deuda tributaria de una empresa vinculada a Aldama fueron analizadas de forma detallada. Sin embargo, el Tribunal concluye que en esos casos no concurrían todos los requisitos exigidos por el Código Penal para apreciar los delitos imputados y acuerda la absolución de los acusados en esos concretos extremos.
El arrepentido que cambió la investigación
La última gran pieza del rompecabezas fue Víctor de Aldama. Una vez iniciada la instrucción y adoptadas medidas cautelares contra él, decidió colaborar activamente con la Justicia.
Entregó contratos, documentos, datos económicos, detalles de viajes y explicaciones que permitieron, según la sentencia, reconstruir el funcionamiento interno de la organización. Los magistrados sostienen que esa colaboración resultó decisiva para comprender el alcance de la trama y para impulsar otras investigaciones aún abiertas. Por ello le aplican una atenuante muy cualificada de colaboración, reduciendo significativamente las penas inicialmente previstas y evitando que entre en prisión.
Mucho más que una sentencia por corrupción
La resolución judicial concluye con una reflexión poco habitual en este tipo de procedimientos. El Tribunal Supremo advierte de que la corrupción no consiste únicamente en apropiarse de dinero público. Cuando afecta a quienes ocupan las más altas responsabilidades del Estado, afirman los magistrados, compromete principios esenciales como la igualdad, la transparencia, la objetividad de la Administración y la confianza de los ciudadanos en las instituciones democráticas.
En palabras de la propia sentencia, el mayor daño de estas conductas no es exclusivamente económico, sino el deterioro de la confianza en el sistema democrático y la conversión del poder público en un instrumento al servicio de intereses particulares.
Con esa reflexión termina una resolución que, más allá de las condenas impuestas, ofrece una reconstrucción minuciosa de una de las mayores causas de corrupción política juzgadas en los últimos años en España.
La sentencia que reconstruye cómo, según los magistrados, una relación nacida en el PSOE terminó convirtiéndose en una organización criminal dedicada a utilizar el poder político para obtener contratos públicos, colocar personas afines y recibir comisiones
![[Img #30737]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/06_2026/565_1111111111111111111.jpg)
Durante años fueron apareciendo fotografías, rumores, conversaciones interceptadas, informes policiales y declaraciones que parecían piezas aisladas de un puzle gigantesco. Un antiguo ministro de Transportes. Su inseparable asesor. Un empresario con acceso privilegiado a los despachos del poder. Contratos públicos, pisos, alquileres pagados por terceros, vacaciones gratuitas, adjudicaciones durante la pandemia y colocaciones en empresas públicas.
Ahora, por primera vez, el Tribunal Supremo ha unido todas esas piezas en una única narración judicial.
La sentencia de la Sala Segunda no se limita a condenar a José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama. Reconstruye, episodio por episodio, cómo nació, se desarrolló y terminó funcionando lo que los magistrados califican como una organización criminal cuya finalidad era obtener beneficios económicos aprovechando el poder político y administrativo.
La resolución condena a José Luis Ábalos a un total de veinticuatro años y tres meses de prisión —con un máximo efectivo de cumplimiento de quince años y dieciocho meses—; a Koldo García a diecinueve años, ocho meses y un día —con un máximo efectivo de quince años—; y a Víctor de Aldama por diversos delitos de organización criminal y cohecho, si bien con una importante rebaja de condena por su colaboración con la Justicia.
Todo comenzó en la campaña de Pedro Sánchez
Para entender la historia hay que retroceder hasta 2017. José Luis Ábalos acababa de convertirse en secretario de Organización del PSOE cuando, durante la campaña de las primarias que devolverían a Pedro Sánchez a la Secretaría General del partido, conoció en Navarra a Koldo García. Fue Santos Cerdán quien recomendó incorporarlo como conductor.
Aquella decisión, aparentemente rutinaria, acabaría teniendo enormes consecuencias. Cuando Ábalos fue nombrado ministro de Fomento en junio de 2018, Koldo dejó de ser simplemente un chófer. Pasó a convertirse en su asesor personal de absoluta confianza.
Según la sentencia, dentro del Ministerio su autoridad era tal que muchos altos cargos daban por hecho que cualquier indicación transmitida por Koldo equivalía a una orden directa del ministro. No solo gestionaba asuntos profesionales. También realizaba gestiones personales, administraba dinero en efectivo y actuaba, de hecho, como prolongación del propio Ábalos.
Poco después apareció un tercer protagonista.
Víctor de Aldama, empresario español, conoció a Koldo a finales de 2018. La relación se hizo rápidamente frecuente y terminó extendiéndose al propio ministro. Aquella amistad sería, según el Supremo, el punto de partida de toda la trama.
El pacto
Los magistrados sitúan el verdadero nacimiento de la organización criminal cuando los tres acusados comprendieron las posibilidades que ofrecía controlar uno de los ministerios con mayor capacidad inversora del Estado.
La sentencia afirma que decidieron aprovechar el cargo institucional de Ábalos para favorecer intereses privados a cambio de beneficios económicos que serían repartidos entre ellos.
El reparto de funciones estaba perfectamente definido. Ábalos aportaba el poder político y la capacidad de influencia derivada de su doble condición de ministro y secretario de Organización del PSOE.
Koldo actuaba como intermediario permanente, ejecutando órdenes, abriendo puertas y trasladando instrucciones.
Víctor de Aldama captaba empresarios interesados en contratar con la Administración y gestionaba los pagos derivados de esas operaciones.
El Tribunal considera acreditado que aquella estructura tenía vocación de permanencia, distribución de tareas y un objetivo común: utilizar la influencia política para obtener beneficios económicos. Precisamente por ello concluye que concurren todos los elementos del delito de organización criminal.
El sueldo oculto
Toda organización necesita financiación. Según la sentencia, la cohesión del grupo se garantizaba mediante un flujo constante de dinero. Víctor de Aldama entregaba mensualmente 10.000 euros destinados, según la propia resolución, a sufragar los "gastos fijos" de José Luis Ábalos. A ello se añadía el pago íntegro del alquiler del apartamento ocupado por Jessica Rodríguez, entonces pareja del ministro, cuyo coste superó los 82.000 euros.
Pero había algo más.
La sentencia describe un contrato de arrendamiento con opción de compra sobre un piso situado en el Paseo de la Castellana de Madrid que, según los magistrados, nunca tuvo la finalidad real de servir como vivienda. El inmueble estaba valorado en más de 1,4 millones de euros mientras que el precio pactado para su eventual adquisición era de apenas 750.000 euros.
Para el Supremo, todos estos pagos formaban parte del mecanismo destinado a mantener cohesionada la organización criminal y garantizar la continuidad de las contraprestaciones económicas.
La pandemia y el gran negocio de las mascarillas
La llegada del Covid-19 abrió una oportunidad extraordinaria. Mientras el país sufría la mayor emergencia sanitaria de su historia reciente, millones de mascarillas debían adquirirse con carácter urgente.
La sentencia sostiene que los tres acusados aprovecharon aquella situación excepcional para favorecer a la empresa Soluciones de Gestión.
Antes incluso de que los responsables administrativos conocieran oficialmente las órdenes ministeriales, la empresa ya sabía que sería la adjudicataria de contratos millonarios, afirma el Tribunal.
Las compras fueron canalizadas a través de Puertos del Estado y ADIF.
Las comisiones obtenidas por Víctor de Aldama ascendieron, según la resolución, a más de 6,6 millones de euros.
Los magistrados consideran probado que existía una previsión de repartir parte de esas ganancias entre los integrantes de la organización: dos millones de euros para Ábalos y medio millón para Koldo García.
Por estos hechos, la sentencia aprecia delitos de cohecho y tráfico de influencias, descartando, sin embargo, la existencia de prevaricación administrativa al entender que no quedó acreditado el carácter arbitrario de las adjudicaciones en los términos exigidos por el Código Penal.
El poder también servía para colocar personas
La investigación no se limitó a contratos públicos. El Supremo dedica varios capítulos a analizar cómo, según considera probado, la influencia política fue utilizada para conseguir empleos en empresas públicas.
Uno de los episodios afecta a Claudia Montes. Tras mantener una relación personal con Ábalos, este pidió a Koldo que encontrara un puesto para ella en Renfe, ADIF o alguna de sus sociedades. La contratación terminó produciéndose en Logirail.
Cuando dejó de acudir al trabajo y se inició un expediente disciplinario, la sentencia afirma que la intervención de Ábalos y Koldo consiguió paralizar el procedimiento y que el gerente que impulsaba aquellas actuaciones acabó siendo cesado.
Jessica Rodríguez: un sueldo sin acudir al trabajo
El capítulo más llamativo es probablemente el dedicado a Jessica Rodríguez. Según la sentencia, Ábalos diseñó un plan para que su pareja obtuviera un salario procedente de empresas públicas sin necesidad de prestar servicio alguno. Primero fue contratada por Ineco. Después pasó a Tragsatec. El Tribunal considera probado que únicamente acudió una vez a recoger un ordenador y otra para una entrevista inicial.
Durante el resto del tiempo no desempeñó ninguna actividad laboral efectiva. Pese a ello percibió más de 43.000 euros en salarios abonados por empresas públicas. Por estos hechos, la Sala condena por malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.
Air Europa y unas vacaciones en Marbella
Uno de los episodios más singulares tiene como protagonista a Air Europa. La compañía atravesaba graves dificultades económicas durante la pandemia. Víctor de Aldama solicitó que el Ministerio emitiera una nota de prensa que transmitiera tranquilidad a acreedores y mercados sobre el futuro rescate de la aerolínea.
La nota terminó publicándose.
Pocos días después, según declara probado el Supremo, Ábalos y su familia disfrutaron gratuitamente de unas vacaciones en una villa de Marbella cuyo alquiler había sido gestionado por Aldama con la colaboración de Koldo García. Para el Tribunal, aquellas vacaciones constituyeron una dádiva recibida como contraprestación por las gestiones realizadas y encajan plenamente en el delito de cohecho.
Un segundo chalé
La sentencia describe un episodio similar relacionado con una vivienda situada en la urbanización La Alcaidesa, en Cádiz. El inmueble fue adquirido por una sociedad vinculada a personas próximas a Aldama y posteriormente cedido mediante un contrato de alquiler con opción de compra a José Luis Ábalos.
Según el Tribunal, apenas se abonó la fianza inicial y nunca se pagaron las rentas posteriores. Los magistrados consideran acreditado que la cesión gratuita del uso del chalé constituía otra contraprestación vinculada a gestiones realizadas en favor de intereses privados, por lo que vuelven a apreciar un delito de cohecho.
No todo terminó en condena
La sentencia también dedica espacio a explicar por qué determinados episodios no acabaron siendo castigados penalmente. Las gestiones relacionadas con Villafuel, los salvoconductos emitidos durante el estado de alarma o las actuaciones para intentar aplazar una deuda tributaria de una empresa vinculada a Aldama fueron analizadas de forma detallada. Sin embargo, el Tribunal concluye que en esos casos no concurrían todos los requisitos exigidos por el Código Penal para apreciar los delitos imputados y acuerda la absolución de los acusados en esos concretos extremos.
El arrepentido que cambió la investigación
La última gran pieza del rompecabezas fue Víctor de Aldama. Una vez iniciada la instrucción y adoptadas medidas cautelares contra él, decidió colaborar activamente con la Justicia.
Entregó contratos, documentos, datos económicos, detalles de viajes y explicaciones que permitieron, según la sentencia, reconstruir el funcionamiento interno de la organización. Los magistrados sostienen que esa colaboración resultó decisiva para comprender el alcance de la trama y para impulsar otras investigaciones aún abiertas. Por ello le aplican una atenuante muy cualificada de colaboración, reduciendo significativamente las penas inicialmente previstas y evitando que entre en prisión.
Mucho más que una sentencia por corrupción
La resolución judicial concluye con una reflexión poco habitual en este tipo de procedimientos. El Tribunal Supremo advierte de que la corrupción no consiste únicamente en apropiarse de dinero público. Cuando afecta a quienes ocupan las más altas responsabilidades del Estado, afirman los magistrados, compromete principios esenciales como la igualdad, la transparencia, la objetividad de la Administración y la confianza de los ciudadanos en las instituciones democráticas.
En palabras de la propia sentencia, el mayor daño de estas conductas no es exclusivamente económico, sino el deterioro de la confianza en el sistema democrático y la conversión del poder público en un instrumento al servicio de intereses particulares.
Con esa reflexión termina una resolución que, más allá de las condenas impuestas, ofrece una reconstrucción minuciosa de una de las mayores causas de corrupción política juzgadas en los últimos años en España.





















