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Ernesto Ladrón de Guevara
Lunes, 20 de Abril de 2015 Tiempo de lectura:

Bien, pero tarde

De Andrés, Diputado General de Álava y, nuevamente, candidato del PP al cargo en las elecciones forales, dice que reclama las competencias de política lingüística tras cuarenta años de discriminación de los alaveses por el filtro que supone el euskera para el acceso a los puestos de trabajo de las administraciones públicas. Así mismo, De Andrés, acompañado del dirigente del PP, Iñaki Oyarzábal, “fueron los encargados de arremeter contra la imposición del euskera en Álava”, según refleja la prensa escrita.

 

Bueno…, bienvenidos al club. Ya era hora.

 

Pero llegan tarde y devalúan la posición política porque tiempo han tenido… y no vale que cuando tocan a rebato porque las expectativas electorales son penosas por causas, entre otras, de la corrupción, se recurra a este tipo de reclamos. Por ejemplo, podrían haber apoyado mis proposiciones de norma foral para adaptar las políticas lingüísticas a la realidad sociolingüística de Álava, reiteradamente rechazadas por el PP durante la legislatura 2003-2007, o admitir una iniciativa mía para reconocer el castellano como lengua propia de los alaveses, como atestiguan los ya reconocidos hallazgos de  los primeros testimonios escritos de la lengua romance (castellano) descubiertos en el valle de Valdegovía en Álava. Las cosas dichas a humo de paja tienen poco significado creíble.

 

Ciertamente, es evidente que las políticas lingüísticas que pretenden imponer contraviniendo las realidades sociolingüísticas tienen un déficit de legitimidad, incluso en el plano legal, pues soslayan lo que establece la propia Ley de Normalización del Uso del Euskera. Y esas son las políticas nacionalistas aplaudidas hasta con las orejas por los dos principales partidos políticos españoles que no han hecho nada para impedir los abusos que en grado de continuidad se han realizado durante cuarenta años; incluso por el Partido Socialista, gobernando en coalición con el PNV, o en solitario con el respaldo del PP. Los nacionalistas han pretendido dos cosas:

 

-Socializar culturalmente a la población para llevarla al redil nacionalista, sobre todo a través de la educación, o más bien adoctrinamiento.

 

-Tener un funcionariado, en toda su extensión, adicto y al servicio de las estrategias de control y pleno dominio de los nacionalistas, como ya anunció el prohombre nacionalista, discípulo fiel del racista Sabino  Arana, en 1914, Luis Eleizalde.

 

De todo este periplo, lo más denigrante y corrupto –no solo es corrupción el llevarse el dinero de todos a los paraísos fiscales para uso particular- es lo que se está haciendo con nuestra infancia y juventud durante este tiempo.

 

Veamos lo que se dice en el ámbito internacional para  analizar cómo en España se han permitido barbaridades, siendo el Estado el responsable último de que se hayan cometido:

 

INSTRUMENTOS NORMATIVOS DE NACIONES UNIDAS Y OTROS ORGANISMOS INTERNACIONALES:

 

-La Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada en 1948,  formula un principio básico contra la discriminación por motivos de idioma: “Artículo 2: Toda persona tiene los  derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de […] idioma […]”

 

-En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales  o étnicas, religiosas y lingüísticas de 1992 se reafirman los derechos de las personas pertenecientes a minorías. En el caso que nos ocupa, minorías son las personas originarias de territorios como Álava en el seno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, u otras zonas de Vizcaya o Guipúzcoa, como, por ejemplo, las Encartaciones, a las que se les ha pasado el cepillo de carpintero y se les ha eliminado todas sus peculiaridades y especifidades, como por ejemplo la absoluta prevalencia del castellano como lengua de uso y de cultura. Se puede esgrimir que también se debe respetar a las minorías de vascohablantes en el ejercicio de su derecho a hablar en euskera, pero es evidente que ese derecho no solamente ha sido protegido sino superpuesto a los otros derechos, como sujeto único de amparo.

 

-El pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos de 1966 hace una mención explícita  al tema del idioma en el ámbito de la educación de esta guisa y tenor: “[…] las personas pertenecientes a minorías pueden tener oportunidades adecuadas de aprender su idioma materno o de recibir instrucción  en su idioma materno” Cosa que impunemente se impide a los castellanohablantes en Cataluña y País Vasco, pues se ha generalizado la inmersión lingüística con la falaz excusa de que en esta forma de enseñanza también se aprende castellano.

 

-La Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven, de 1985, estipula en su Art. 5 que   “los extranjeros  gozarán […] del  derecho a conservar su propio idioma, cultura y tradiciones”.  ¿Si los extranjeros tienen ese derecho, cómo es posible que los autóctonos que tienen una lengua determinada, sea castellano o euskera, como lengua materna se vean obligados a estudiar en el otro código de comunicación que se desconoce y ni aún es de uso dominante en el entorno en que vive?

 

Y es más… dice que los Estados deberán “establecer planes especiales de enseñanza en la lengua materna de los hijos de los trabajadores migratorios” cosa que no se hace con el resto de españoles que o son transeúntes, o llegan a esta Comunidad desplazados o con servicios específicos, etc, impidiendo de esta forma, en la práctica, la libre movilidad que garantiza tanto la Constitución como la normativa en el ámbito europeo.

 

-La Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 se detiene en otro aspecto del tema de los idiomas en la educación. Hace hincapié en que el idioma debe considerarse también un valor educativo. En el Artículo 29 se enuncia que “la educación del niño deberá estar encaminada a […] inculcar al niño el respeto a […] su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores [...]”

 

-La Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñaza de 1960, relacionada más específicamente con la educación, establece los derechos de las personas pertenecientes a minorías. En el Art. 5 se menciona expresamente el tema de los idiomas: “Los miembros de las minorías nacionales [tienen] el derecho a ejercer actividades docentes que les sean propias, entre ella la […] emplear y enseñar su propio idioma, siempre y cuando […] ese derecho no se ejerza de manera que impida a los miembros de las minorías comprender la cultura  y el idioma del conjunto de la colectividad y formar parte en sus actividades.”

 

-En la Recomendación relativa al desarrollo de la educación de adultos de 1976 se refuerza la función de la lengua materna, ya que se recomienda explícitamente su uso como lengua de enseñanza y se adopta una perspectiva más amplia sobre el aprendizaje de los idiomas. Veamos: Art. 22, “[…] educarse y hacer educar a sus hijos en su lengua materna, desarrollar su propia cultura y aprender otros idiomas además de  la lengua materna”

 

-En la Declaración y Plan de Acción integrado sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y la Democracia de 1995 se promueve  el respeto de los “[…] derechos a la educación de las personas que pertenezcan a minorías […] así como de las poblaciones indígenas […]  a fin de forjar el entendimiento entre los diferentes grupos de la sociedad” (Art. 29).

 

-En la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, aprobada en 2001, se destaca el respeto a la lengua materna, la diversidad lingüística en todos los niveles de enseñanza y el fomento del aprendizaje de varios idiomas desde la más temprana edad.

 

-John Daniel, Director General Adjunto de Educación en la UNESCO, hace aproximadamente un lustro, decía que “[…] El lenguaje y la identidad se encuentran vinculados al término “lengua materna […] Una comunidad expresa parte de su identidad a través de sus idiomas de instrucción, en tanto que una sociedad sana toma decisiones que producen comunidades armónicas y personas con confianza en sí mismas. Años de investigación han demostrado que los niños que inician su educación en la lengua materna tienen un  mejor comienzo y exhiben un mejor desempeño que aquellos que son expuestos a un idioma nuevo al ingresar a la escuela.[…] Si bien esta conclusión ha recibido amplia aceptación, aún se sabe de gobiernos que insisten en imponer un idioma extranjero (el euskera lo es en la práctica para muchos vascos que durante generaciones solamente han hablado castellano) de instrucción a niños de corta edad, ya sea en un equivocado intento por modernizarse o para expresar la preeminencia de un grupo social dominante (¿nacionalistas?) La UNESCO, que continúa difundiendo los resultados de estas investigaciones, ha publicado en forma reciente el informe de posición” (en “Educación en un mundo multilingüe”)

 

-La Conferencia Internacional de Educación (CIE) destaca que la enseñanza en la lengua materna al principio de la educación formal es importante por razones pedagógicas, sociales y culturales.

 

Disculpen ustedes la extensión, pero aún me he dejado declaraciones y resoluciones que afianzan esta idea preponderante a todas luces en el ámbito internacional. Sin embargo, conculcando el espíritu de la Constitución que nace de esas fuentes, los diferentes gobiernos de España han consentido el abuso y el atropello, sin poner los medios para que sus ciudadanos puedan hacer uso de la lengua común en territorios dominados por banderizos de corte medieval. Y eso tiene una sola explicación: la necesidad de los dos grandes partidos de Estado de ganarse la confianza de unos chantajistas cuyo voto necesitaban para establecer mayorías. ¿O quizás la cobardía para no tenerse que enfrentar a sublevaciones  al estilo de Zumalacárregui?

 

Es triste y denigrante para la calidad democrática de España, pero esa es la verdad. Y si no, que demuestren lo contrario.

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