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Viernes, 23 de Diciembre de 2016 Tiempo de lectura:
“Manifiesto Defendemos el Derecho a la Igualdad de todas las Personas”

La Plataforma por las Libertades denuncia que “la imposición de las leyes relacionadas con la ideología de género” vulnera las libertades de los españoles

[Img #10399]La Plataforma por las Libertades, que reúne más de 100 asociaciones educativas y sociales, ha presentado el “Manifiesto Defendemos el Derecho a la Igualdad de todas las Personas”, que denuncia “la vulneración de libertades de los españoles” ante “la imposición de las leyes relacionadas con la ideología de género” en España.

 

Lourdes Méndez Monasterio, portavoz de esta organización y ex diputada del Partido Popular (fue expulsada del PP por su postura provida y profamilia) ha explica que las leyes actualmente aprobadas en varias comunidades autónomas de España “pretenden perseguir la discriminación por orientación sexual y combatir la LGFBIfobia, pero en realidad tratan de imponer una ideología anticientífica atentando contra la libertad de los padres y educadores”.

 

El manifiesto de la Plataforma por las Libertades, que reproducimos íntegramente a continuación,  explica que el objetivo principal de esta iniciativa es “la defensa de la igualdad de todas las personas ante la ley con independencia de su orientación sexual” y, en palabras de Méndez Monasterio, se trata de decir muy alto y muy claro que es necesario “garantizar ese derecho y aquellos otros que están siendo vulnerados por las diversas leyes promulgadas con la finalidad de favorecer de manera discriminatoria al colectivo LGTBI respecto del resto de la ciudadanía”.

 



 

MANIFIESTO DEFENDEMOS EL DERECHO A LA IGUALDAD DE TODAS LAS PERSONAS (Art. 14 CE)

 

Las leyes a las que nos referimos establecen un régimen especial de tutela institucional de las personas LGTBI, que no existe para el resto de ciudadanos, y con él una financiación pública de sus actividades, absolutamente desproporcionada y discriminatoria respecto del resto de asociaciones, grupos sociales y ONGS, sin existir una razón objetiva para ello.

 

DEFENDEMOS LA LIBERTAD DE EDUCAR A NUESTROS HIJOS SEGÚN NUESTRAS CONVICCIONES (Art. 27-3 CE).

 

Estas leyes atentan de forma clara contra la libertad de educación de los padres, ya que obligan a todos los colegios a impartir las doctrinas del lobby LGTBI, aún en contra de la voluntad de los padres.

 

En el caso de la  Ley de Madrid, la CAM (como de forma análoga hacen otras Comunidades Autónomas) elaborará una Estrategia Integral sobre Educación y diversidad sexual  e identidad o expresión de género que se aplicará en todos los niveles y etapas formativas, y será de obligado cumplimiento para todos los centros educativos.

 

DEFENDEMOS EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EDUCAR SEGÚN EL IDEARIO DE NUESTROS COLEGIOS Y UNIVERSIDADES (Art. 27-1 CE).

 

Estas leyes establecen que los alumnos deberán recibir una “formación que PROMUEVA la aproximación hacia los distintos modelos de familia y explique la realidad de las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género”.  La abierta parcialidad ideológica de las leyes que aquí denunciamos queda confirmada por el hecho de que se prescriba la colaboración de las organizaciones LGTBI en el diseño e impartición de las enseñanzas sobre sexualidad y familia así como la obligatoreidad de la representación de este colectivo (y no de otros) en los distintos consejos escolares autonómicos.

 

DEFENDEMOS LA LIBERTAD DE INVESTIGACION Y DIFUSION TECNICA Y CIENTIFICA (Art. 20.1 CE)

 

Que vemos coartada la investigación y la verdad científica pudiendo ser sancionados si el resultado de las mismas y su difusión contradice lo que afirma la ideología de género. Junto a la sanción se instaura la censura, prohibiendo la presencia de tales investigaciones y publicaciones científicas en las bibliotecas públicas.  Se vulnera con ello nuestra Constitución, especialmente su artículo 20.1 b).

 

DEFENDEMOS LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, DIFUSIÓN DE PENSAMIENTOS, IDEAS Y OPINIONES (Art. 20-, a) CE)

 

Estas leyes impiden que se pueda opinar en libertad, bajo pena de sanción. Obligan, asimismo, a los medios de comunicación a incluir en sus programaciones contenidos que difundan esta ideología.

 

DEFENDEMOS  LA LIBERTAD DE CREACIÓN LITERARIA (Art. 20-1, b) CE)

 

Y con ello, la posibilidad de expresar libremente nuestras ideas en todos los ámbitos, sin ser sancionados si esas ideas son críticas con la ideología de género y con los lobbies que la promulgan de forma impositiva en nuestro país.

 

DEFENDEMOS EL PRINCIPIO DE PRESUNCION DE INOCENCIA (Art. 24-2 CE)

 

Ya que, al invertirse la carga de la prueba, cualquier empresario o persona que trabaje en el Área de Recursos Humanos de una empresa, y que decida no contratar a una persona en función de su libertad e interés empresarial, puede ser acusado de discriminación por homofobia por quien no haya resultado preterido, teniendo que probar lo contrario para no ser sancionado.

 

DEFENDEMOS EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA (Art. 9-3 CE) Y EL DE  LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA (Art. 24-1 CE)

 

Por otra parte, los hechos que resultan sancionables poseen una gran indefinición, abriendo así la puerta a una peligrosa discrecionalidad en la aplicación de sanciones.  Conceptos como “violencia de género”, “vejaciones”, “discriminación”, “incitación al odio”, etc. que se califican como conductas sancionables no añaden nada al ordenamiento jurídico vigente, salvo que se considere que discrepar de la ideología de género y su visión de la sexualidad supone una vejación, una discriminación o una incitación al odio.

 

DEFENDEMOS LOS DERECHOS A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL Y A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD JUNTO CON EL DEBER DE PRESTAR ASISTENCIA Y PROTECCION DE TODO TIPO A LOS HIJOS. (Arts. 15 y 43 C.E.)

 

Defendemos el derecho a la autonomía del paciente y a la libertad individual ante leyes que prohíben someterse a una terapia de reorientación de la inclinación sexual cuando se trate de revertirla a la heterosexualidad, incluso si esa fuera la voluntad de la persona y solicitara tal terapia, además se sanciona al profesional que se preste a ayudarle en su legítima pretensión.

 

Pueden incluso ser denunciados los padres por violencia familiar si acuden con su hijo a un psicólogo para consultarle sobre sus deseos o aplicar una terapia de ese tipo.

 

DEFENDEMOS LA LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTOS (ARTÍCULO 16.1 CE), ASI COMO EL DERECHO A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA (Art. 30 CE)

 

No estamos ante un problema de negación de derechos de las personas LGTBI, sino de negación del derecho a la libertad de quienes no comparten la ideología de género, sean homo- o heterosexuales.  La defensa de la libertad ideológica y el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos y opiniones es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución. Por tanto, no se puede admitir la imposición de una visión unilateral de la vida humana y del ejercicio de la sexualidad.

 

Por todas estas razones, pedimos a los legisladores que deroguen estas leyes totalitarias, que restringen y atentan contra la Libertad.

 

Mientras esto no suceda emplearemos todos los recursos que nos da el Estado de Derecho en defensa de las libertades de todos y de los principios constitucionales, recurriendo a la objeción de conciencia cuando ello sea preciso y ejerciendo los instrumentos democráticos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico.

 

Por último, apelamos a la sociedad civil para que se sume a este Manifiesto por las Libertades.

 

Para más información:

 

[email protected]

 

Los aquí reunidos, asociaciones, entidades y particulares de la sociedad civil firmantes de este manifiesto, en representación de miles de personas dentro del ámbito de la educación, la familia, los derechos civiles y la libertad animan a todos aquellos que compartan la defensa de estos derechos y valores constitucionales adherirse a este Manifiesto a través de  la página web PlatadormaporlasLibertades.org sumándose a nosotros  en trasladar a la sociedad española y a los poderes públicos la obligación que tienen de respetar la libertad de todos sin  imponer la ideología de género en todos los ámbitos , como sucede con estas leyes.

 

                                                                      Madrid, 20 de Diciembre de 2016

 

 

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