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Lidia Falcón
Lunes, 19 de Octubre de 2020 Tiempo de lectura:

El delito de odio es un delito político

Samuel Paty, profesor en el Collège Du Bois-D’Aulne en Conflants-Saint-Honorine, al noroeste de París, ha sido decapitado por un fanático islamista. Después, el asesino fotografió el cadáver decapitado y subió la imagen a Twitter con un mensaje “En el nombre de Alá, todo misericordioso. He ejecutado a uno de los perros del infierno que ha osado rebajar a Mahoma”.

 

        

Paty había mostrado a sus alumnos en la clase de educación moral y cívica que impartía las caricaturas de Mahoma que el semanario Charlie Hebdo había publicado hace cinco años. Enseñaba los valores de libertad de expresión y respeto a la Constitución y a las opiniones divergentes.

        

En estos días en que se está celebrando el juicio por los asesinatos de los periodistas de la revista francesa Charlie Hebdo es importante prestar atención a la acusación que han formulado periodistas del semanario satírico ante el tribunal, acerca de la supuesta complacencia de una parte de la izquierda con el islamismo. El miércoles, en el sexto día del juicio por los atentados de enero de 2015 en Francia, el dedo acusador apuntaba en otra dirección. Lo que se ha llamado “Los otros ‘acusados’.

     

Fabrice Nicolino, testimonio de la acusación particular y periodista del  Charlie Hebdo, uno de los supervivientes, como otros dos testigos de la jornada, el director de la revista, Laurent Sourisseau o Riss, y el webmaster, Simon Fieschi, afirmó que “hubo una red de personas que rechazó ver la evidencia del nuevo totalitarismo que es el terrorismo islamista, y que prefirieron calumniarnos”, dijo. “Participaron en la preparación psicológica de este asunto”, añadió.

        

La historia de Charlie Hebdo, la revista irreverente que se burlaba de todas las religiones —y no solo de las religiones— a finales de la primera década del siglo tuvo que inquietarse por su integridad física. Todo empezó en febrero de 2006, cuando publicó las caricaturas de Mahoma que antes había publicado el diario danés Jyllands Posten. Para Charlie Hebdo se trataba de ejercer la libertad de expresión. Otros consideraron que representaban una ofensa gratuita a los fieles de una religión.

        

“En el fondo, nosotros no habíamos cambiado”, dijo Riss. “Pero a nuestro alrededor el ambiente cambiaba. Veíamos surgir nuevas formas de oscurantismo y de totalitarismo”.

        

La publicación de las caricaturas convirtió a Charlie Hebdo en el blanco de los islamistas radicales. También de quienes, desde posiciones progresistas, les acusaban de racismo e islamofobia. Un incendio intencionado destruyó en 2011 la sede. Los periodistas y dibujantes recibían amenazas. Algunos vivían bajo protección policial. Cuando el 7 de enero de 2015 vieron a los dos hombres armados irrumpir en la redacción, en seguida supieron de qué se trataba. Después, los hermanos Kouachi proclamaron: “Hemos vengado al profeta Mahoma. Hemos matado a Charlie Hebdo”.

        

El Código Penal español castiga con penas de 1 a 4 años de prisión, multa de 6 a 12 meses, más la accesoria de pérdida del derecho de sufragio pasivo, a “Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo,  una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.” En los siguientes apartados la redacción del artículo detalla los medios con que se pueda ejecutar ese delito. Por escrito, en las redes sociales, en medios de comunicación, etc.

        

Este delito está clasificado en el Código en los cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. En sentencia del Tribunal Supremo de 2018 se explicita que “se trata de un tipo penal estructurado bajo la forma de delito de peligro, bastando para su realización, la generación de un peligro que se concreta en el mensaje con un contenido propio del «discurso del odio «que lleva implícito el peligro al que se refieren los Convenios Internacionales de los que surge la tipicidad”. Es decir, que se penalizan los mensajes.

        

Desde el año 2015 en que se introduce en nuestro Código Penal esta nueva figura delictiva no ha motivado los comentarios y críticas que deberían haberse vertido contra semejante disposición legal. Mientras tanto, varios procesos se han llevado a cabo o al menos iniciado contra políticos, periodistas, medios de comunicación, raperos, usuarios de RRSS, por parte de quienes, sintiéndose ofendidos por las canciones, los artículos, los comentarios, los debates sobre su adscripción a una religión, a una etnia, a una ideología, iniciaron los procesos, algunos de los cuales incluso llegaron a juicio y fueron condenados.

        

Cuando el delito de odio se enmarca en el ejercicio de “los derechos fundamentales y de las libertades públicas”, me pregunto: ¿cómo se protege el derecho a la libertad de expresión que está garantizado por el artículo 20 de la Constitución española que afirma?: “Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.”? 

        

La persecución que están llevando a cabo ciertos lobbies y colectivos contra periodistas, cantantes o simplemente comunicantes en las RRSS, recuerda vivamente la que se ejerció durante cuatro décadas en la dictadura. Y aún después, que en 1981 me procesó el Tribunal Militar de Barcelona por un artículo en Interviú sobre el golpe de Estado del 23 de febrero.

        

De un tiempo a esta parte la ofensiva de diversos colectivos y lobbies contra todo aquel que se atreva a manifestar su opinión contraria a lo que ellos defienden tiene el apoyo de la judicatura y de la fiscalía y de algunos medios de comunicación. Los periodistas de Charlie Hebdo denuncian que son los de izquierda los que se alinean en la defensa del islamismo, pero no solamente este fanatismo está recibiendo la benevolencia de una supuesta izquierda y en nuestro país también el apoyo de los tribunales. Se han llevado a cabo juicios por blasfemia a la religión católica, por burlarse de ciertos colectivos o por escribir viñetas y cantar canciones que a otros no les gustan. Así, los llamados “Abogados Cristianos” o la propia Fiscalía, han perseguido a Willy Meyer por  escribir dos mensajes de Facebook en los que decía: "Me cago en Dios y la Virgen".  La Asociación de Abogados Cristianos pedía 22 meses de multa para el actor por ofensas a los sentimientos religiosos.

        

El rapero Valtónyc fue condenado a tres años y medio de cárcel por injurias a la Corona, enaltecimiento al terrorismo, calumnias y amenazas. Entre otros temas se atrevió a decir que los Borbón son ladrones y el Borbón debía ser perseguido por ser ladrón. Así también fue juzgado el trans llamado Casandra por unos tuits sobre Carrero Blanco y unos titiriteros pasaron dos noches en comisaría por una pieza de títeres, que son algunos de los procesos que ahora recuerdo.

        

En este avance de la represión que están llevando a cabo diversos estamentos de poder, la justicia pone en marcha su maquinaria no solo para perseguir a quien ofende a la religión, al rey y al dictador Carrero Blanco, sino que atiende las reclamaciones del lobby trans que se siente perseguido por mis declaraciones contra la ley que pretenden aprobar. Porque el transgenerismo ha sido recibido con comprensión por periódicos y televisiones de mucha difusión y aquel que se atreva a criticarlo cae bajo la amenaza de la Fiscalía del Odio.

        

Los juristas de nuestro país -tan callados o tan complacientes con el poder judicial- los políticos y los medios de comunicación independientes deberían haberse posicionado hace mucho tiempo contra la existencia de semejante tipificación de un delito que en realidad es un delito político como sucedía bajo la dictadura. Porque el derecho que debería ser protegido incondicionalmente es el de libertad de expresión.

        

Es difícil para una sociedad, una clase política y una clase judicial, que ha sido educada en el fascismo, entender cuáles son realmente los derechos constitucionales democráticos. La eliminación del disidente por parte de quien tiene el poder de hacerlo es una tentación imposible de controlar. Así, se aprueban delitos en el Código Penal que permiten perseguir a quien critica, así los fiscales y los tribunales ponen a disposición de los perseguidores la maquinaria judicial, que pagamos todos, así hay periódicos como Público que expulsan de su sagrado recinto a los colaboradores que no escriben lo políticamente correcto, que en este momento es apoyar la teoría queer y los proyectos de ley que harán desaparecer el género humano.

        

A quien no protegen es a las mujeres que sufrimos el odio de los trans.       

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