10 meses después de su imposición
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dicta ahora la nulidad de la ampliación del pasaporte Covid impuesta por el Lehendakari Urkullu
![[Img #22923]](https://latribunadelpaisvasco.com/upload/images/09_2022/3063_screenshot-2022-09-27-at-16-55-30-lehendakari-covid-irekia-busqueda-de-google.png)
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado la nulidad del decreto del Gobierno Vasco que ampliaba la exigencia del certificado Covid, ya que esta decisión, aunque de una “forma tenue”, afectaba a los derechos fundamentales de los ciudadanos vascos. De esta forma, la Sala Nº 3 de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha decidido estimar el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por un abogado donostiarra contra el decreto 47/21, de 14 de diciembre de 2021, por el que el Lehendakari amplió la exigencia de certificado Covid digital de la UE.
El demandante argumentaba que en ese decreto se habían incumplido los trámites de aprobación de disposiciones generales y que se violaban "datos personales sanitarios", así como que se vulneraban "el derecho de igualdad" y "las libertades ideológica y de circulación, intimidad, vida familiar". Consideraba, además, que suponía "una sanción encubierta por no vacunarse", algo "carente de cobertura legal". La demanda planteaba también "la falta de proporcionalidad e idoneidad" de una medida que "viola datos personales sanitarios que revelan convicciones, vulnera el derecho de igualdad, las libertades ideológica y de circulación, intimidad, vida familiar y supone una sanción encubierta por no vacunarse".
El tribunal recuerda ahora que la norma debe "permitir su pacífica coexistencia con los demás derechos fundamentales y con los bienes constitucionalmente protegidos que se traducen, en este caso, en una potente presencia del derecho a la vida y a la integridad física, y a la defensa y protección de la salud de los ciudadanos".
El Gobierno Vasco justificó ampliar la utilización del pasaporte Covid en determinados espacios cerrados debido a lo que definió como una alta tasa de contagios en la comunidad, si bien para el TSJPV "hay más argumentos en contra que a favor de la ampliación de la medida cuestionada por el recurrente de forma tal que no tendría suficiente motivación". Para el TSJPV, "la incidencia de la medida en los derechos a la igualdad y a la intimidad es tenue" pero "aun siendo tenue tal afección a dichos derechos, lo cierto es que la resolución no está suficientemente justificada", con lo que "la afectación a derechos fundamentales, no siendo profunda, no sería proporcionada", según el tribunal.
Además, los jueces recuerdan que desde el punto de vista del derecho de la Unión Europea, la utilización del denominado pasaporte Covid para usos distintos de facilitar la libre circulación entre Estados miembros no está contemplada por el Reglamento (UE) 201/953.
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado la nulidad del decreto del Gobierno Vasco que ampliaba la exigencia del certificado Covid, ya que esta decisión, aunque de una “forma tenue”, afectaba a los derechos fundamentales de los ciudadanos vascos. De esta forma, la Sala Nº 3 de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha decidido estimar el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por un abogado donostiarra contra el decreto 47/21, de 14 de diciembre de 2021, por el que el Lehendakari amplió la exigencia de certificado Covid digital de la UE.
El demandante argumentaba que en ese decreto se habían incumplido los trámites de aprobación de disposiciones generales y que se violaban "datos personales sanitarios", así como que se vulneraban "el derecho de igualdad" y "las libertades ideológica y de circulación, intimidad, vida familiar". Consideraba, además, que suponía "una sanción encubierta por no vacunarse", algo "carente de cobertura legal". La demanda planteaba también "la falta de proporcionalidad e idoneidad" de una medida que "viola datos personales sanitarios que revelan convicciones, vulnera el derecho de igualdad, las libertades ideológica y de circulación, intimidad, vida familiar y supone una sanción encubierta por no vacunarse".
El tribunal recuerda ahora que la norma debe "permitir su pacífica coexistencia con los demás derechos fundamentales y con los bienes constitucionalmente protegidos que se traducen, en este caso, en una potente presencia del derecho a la vida y a la integridad física, y a la defensa y protección de la salud de los ciudadanos".
El Gobierno Vasco justificó ampliar la utilización del pasaporte Covid en determinados espacios cerrados debido a lo que definió como una alta tasa de contagios en la comunidad, si bien para el TSJPV "hay más argumentos en contra que a favor de la ampliación de la medida cuestionada por el recurrente de forma tal que no tendría suficiente motivación". Para el TSJPV, "la incidencia de la medida en los derechos a la igualdad y a la intimidad es tenue" pero "aun siendo tenue tal afección a dichos derechos, lo cierto es que la resolución no está suficientemente justificada", con lo que "la afectación a derechos fundamentales, no siendo profunda, no sería proporcionada", según el tribunal.
Además, los jueces recuerdan que desde el punto de vista del derecho de la Unión Europea, la utilización del denominado pasaporte Covid para usos distintos de facilitar la libre circulación entre Estados miembros no está contemplada por el Reglamento (UE) 201/953.
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