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Lunes, 28 de Septiembre de 2026 Tiempo de lectura:
Tres décadas de ocultación

El Ejército español oculta sus informes ovni desde 1995

El Ministerio de Defensa español reconoce que el Ejército del Aire continúa recopilando avisos sobre ovnis y que los expedientes correspondientes permanecen bajo tratamiento confidencial hasta su desclasificación. El archivo abierto al público termina en 1995. Lo que ocurrió durante las tres décadas siguientes permanece todavía fuera del alcance de los ciudadanos

 

[Img #31225]El rastro público de los ovnis españoles se interrumpe bruscamente en 1995. Hasta ese año llega la colección conservada en la Biblioteca Virtual de Defensa: cerca de ochenta expedientes y alrededor de 1.900 páginas que reúnen más de tres décadas de observaciones, declaraciones de testigos, investigaciones militares y explicaciones más o menos concluyentes. Después, nada. Quien consulte el archivo oficial encontrará documentos sobre luces observadas desde bases aéreas, objetos detectados por pilotos, fotografías, dibujos, mapas y reconstrucciones de incidentes ocurridos entre 1962 y 1995. Pero, al alcanzar esa última fecha, la historia parece detenerse.

 

Durante años fue posible interpretar aquel silencio de dos maneras. Quizá el Ejército del Aire había dejado de investigar esta clase de episodios. O quizá había continuado haciéndolo, pero los documentos posteriores nunca habían sido incorporados al archivo desclasificado. Dos resoluciones del Ministerio de Defensa permiten despejar ahora una parte del misterio. El Ejército del Aire y del Espacio reconoce que sigue recopilando las notificaciones de avistamientos de fenómenos extraños en el espacio aéreo español. Reconoce también que los expedientes reciben tratamiento de confidenciales hasta que se decide su desclasificación.

 

La investigación no ha terminado. En realidad, lo que ha terminado es el acceso público a sus resultados.

 

Las resoluciones corresponden a dos solicitudes de información —AC2000000722924 y AC2000000722975— presentadas el 20 de mayo de 2026. Los peticionarios querían saber si el Ministerio de Defensa, el Estado Mayor de la Defensa, el Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas o el Ejército del Aire conservaban expedientes actuales sobre fenómenos anómalos no identificados, informes de pilotos, trazas de radar sin correlacionar o documentación clasificada posterior a la desclasificación del antiguo Expediente Ovni. También preguntaban qué norma permitía mantener reservados esos materiales y si existía algún proyecto para modernizar los protocolos y ofrecer mayor transparencia.

 

La competencia para responder fue atribuida el 5 de junio al Ejército del Aire y del Espacio. La contestación no entregó ningún catálogo de casos ni identificó un solo expediente posterior a 1995, pero dejó escrita una frase de enorme importancia documental: el Ejército, como responsable de la vigilancia y el control del espacio aéreo de soberanía nacional, «recopila las notificaciones de avistamientos de fenómenos extraños en dicho espacio aéreo».

 

La admisión aparece en dos resoluciones oficiales del Ministerio de Defensa. No procede de una filtración, de un testimonio anónimo ni de una asociación ufológica. Es la propia Administración militar la que confirma la continuidad de una función institucional que el archivo público no refleja desde hace más de treinta años.

 

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El Expediente Ovni español fue durante décadas uno de los conjuntos documentales más interesantes de la historia contemporánea de la Fuerza Aérea. Sus orígenes se remontan a los años sesenta, cuando determinados avistamientos comenzaron a llegar hasta las autoridades militares y se hizo necesario establecer un procedimiento para recoger testimonios, analizar fotografías, interrogar a los observadores y comprobar si los objetos descritos podían corresponder a aeronaves, globos, cuerpos astronómicos o fenómenos atmosféricos.

 

A partir de 1991, el Ministerio de Defensa inició la desclasificación de aquellos documentos. El proceso permitió conocer casos que hasta entonces habían permanecido bajo reserva militar y reconstruir el modo en que el Ejército estudiaba unos incidentes situados en la frontera entre la seguridad aérea, la percepción humana y lo desconocido. Algunos fueron atribuidos a planetas, estrellas, aeronaves o errores de interpretación. Otros quedaron acompañados por explicaciones discutidas o por documentación insuficiente para alcanzar una conclusión definitiva.

 

El último periodo incorporado al archivo público llega hasta 1995. El silencio posterior podía alimentar toda clase de especulaciones, pero no permitía establecer un hecho esencial: si el Estado había dejado de recibir comunicaciones o si los nuevos casos estaban siendo archivados fuera del alcance de los investigadores.

 

Las resoluciones ahora publicadas inclinan la balanza hacia la segunda posibilidad. El Ejército continúa recogiendo avisos. Lo que no sabemos es qué sucede después con ellos.

 

Defensa explica que los informes disponibles para consulta pública son los depositados en la Biblioteca Virtual de Defensa. Respecto a los restantes materiales, invoca el artículo 14.1.b de la Ley de Transparencia, que permite limitar el acceso cuando pueda verse afectada la defensa nacional. La resolución añade que, de acuerdo con el punto 5 de la Instrucción General 40-5, los expedientes reciben tratamiento de confidenciales hasta su desclasificación.

 

La respuesta abre así una ventana y cierra inmediatamente la puerta. Confirma el procedimiento, pero no ofrece sus resultados. Reconoce la recopilación, pero no identifica los documentos recopilados. Explica por qué podrían mantenerse reservados, pero no permite conocer si la reserva se aplica a dos expedientes o a doscientos, ni si el último corresponde a 1996, a 2025 o a hace apenas unos meses.

 

La gran pregunta ya no es si España continúa recibiendo avisos sobre fenómenos extraños. Defensa acaba de responder afirmativamente. La pregunta es cuántos expedientes se han producido desde 1995, dónde están depositados y quién ha decidido que ninguno de ellos sea incorporado al archivo público.

 

En esas tres décadas, la vigilancia aérea ha cambiado por completo. España se ha integrado en sistemas internacionales de defensa cada vez más sofisticados; los radares han mejorado su capacidad; las Fuerzas Armadas operan nuevos sensores, aeronaves y centros de control; los pilotos civiles y militares disponen de mejores medios de comunicación, y el espacio aéreo se ha llenado de drones, satélites, globos de vigilancia y plataformas que habrían resultado difíciles de imaginar cuando se redactaron los primeros protocolos.

 

En este nuevo entorno, una observación extraña no tiene por qué constituir un misterio extraterrestre para poseer interés militar. Puede tratarse de un dron no identificado, una incursión aérea, un fallo instrumental, una prueba tecnológica extranjera, un fenómeno meteorológico infrecuente o una percepción equivocada. Precisamente por eso resulta relevante conocer cómo clasifica España estos avisos, qué organismos participan en su evaluación y qué criterios permiten cerrar un caso o mantenerlo sin explicación.

 

Las resoluciones ministeriales no aportan esa información. Tampoco precisan si las «notificaciones» se convierten siempre en expedientes formales, si algunas son descartadas de manera preliminar o si los incidentes que afectan a capacidades sensibles se trasladan a organismos de inteligencia. No indican cuántos informes contienen testimonios de pilotos, cuántos proceden de controladores aéreos y cuántos incorporan registros instrumentales.

 

La palabra «confidencial», por otra parte, no acredita que los fenómenos estudiados sean extraordinarios. La reserva puede proteger las características de un radar, la localización de un sensor, los protocolos de reacción, la identidad de personal militar o las capacidades de vigilancia del espacio aéreo. Confundir clasificación con inexplicabilidad sería un error. Pero también lo sería aceptar que la necesidad de proteger determinados datos impide publicar siquiera un inventario básico, una estadística anual o versiones expurgadas de los casos cuya revelación ya no represente ningún riesgo.

 

El descubrimiento de estas resoluciones adquiere mayor importancia al cruzarlo con otro documento conocido recientemente. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, mediante la resolución R CTBG 0867/2026, estimó la reclamación de un ciudadano que había solicitado información sobre los expedientes relacionados con fenómenos anómalos no identificados conservados por la Administración.

 

La petición quería conocer qué documentos, investigaciones e informes técnicos obraban en poder del Ministerio de Defensa y del Ejército del Aire y del Espacio; cuál era la situación administrativa de cada conjunto; qué grado de clasificación tenían; quién había ordenado esa clasificación, y si existía algún procedimiento para revisarla o levantarla.

 

Defensa no había respondido a la solicitud inicial. Tampoco remitió al Consejo el expediente y las alegaciones que este le requirió durante la tramitación. El organismo de transparencia terminó ordenando al Ministerio que proporcionara la información y que enviara una copia de su respuesta.

 

Las resoluciones de junio y la decisión del Consejo de agosto no contestan exactamente a la misma solicitud y, por tanto, no existe entre ellas una contradicción jurídica automática. Sin embargo, su lectura conjunta dibuja una secuencia reveladora. Primero, Defensa reconoce que existe una actividad de recopilación y que sus expedientes reciben tratamiento confidencial. Después, el Consejo de Transparencia exige que el Ministerio explique qué documentación conserva, cómo está clasificada y si existe algún mecanismo para revisarla.

 

El problema ha dejado de ser abstracto. Ya no se pide al Gobierno que confirme rumores sobre naves recuperadas, tecnologías imposibles o visitantes extraterrestres. Se le pide algo mucho más sencillo: un inventario administrativo de los documentos que reconoce estar generando o custodiando.

 

¿Cuántos expedientes se han abierto desde 1995? ¿Cuál es el más reciente? ¿Ha sido desclasificado alguno durante los últimos treinta años? ¿Se revisa periódicamente la necesidad de mantenerlos bajo reserva? ¿Puede publicarse una relación de casos sin revelar las capacidades sensibles de los sistemas militares?

 

Hasta ahora, ninguna de esas preguntas ha recibido una respuesta pública completa.

 

Las solicitudes de información planteaban además si las Fuerzas Armadas habían creado algún grupo de trabajo para modernizar sus procedimientos ovni. La contestación del Ejército del Aire y del Espacio fue negativa: no tiene conocimiento de iniciativas destinadas a actualizar los protocolos.

 

El dato merece atención. La Instrucción General 40-5 pertenece a un contexto operativo muy distinto del actual. La amenaza contemporánea ya no está formada únicamente por aeronaves convencionales que atraviesan una frontera claramente delimitada. Los cielos contienen aparatos pequeños, autónomos y difíciles de detectar; plataformas capaces de modificar su firma electrónica; enjambres de drones; globos estratosféricos, y sistemas diseñados para confundir o saturar los medios de vigilancia.

 

Estados Unidos ha comenzado a tratar los ovnis no tanto como una cuestión ufológica cuanto como un problema combinado de inteligencia, seguridad nacional y control del espacio aéreo. Ha creado organismos específicos, canales de denuncia y programas de publicación documental, aunque la información difundida continúe siendo incompleta y, en muchos casos, insuficiente para realizar análisis científicos independientes.

 

España, en cambio, admite que continúa recopilando avisos, pero no identifica ningún proceso público de renovación del marco administrativo. Es posible que existan instrucciones operativas clasificadas o procedimientos complementarios que no puedan mencionarse en una resolución de transparencia. No obstante, la respuesta oficial deja la impresión de que el sistema público sigue descansando sobre una arquitectura heredada del antiguo Expediente Ovni.

 

La paradoja es evidente. El espacio aéreo se ha transformado, las amenazas han cambiado y los sensores han multiplicado su capacidad, pero el ciudadano continúa encontrándose ante la misma puerta cerrada que hace treinta años.

 

Nada en las resoluciones prueba que el Ejército español haya detectado objetos con prestaciones imposibles, materiales de origen desconocido o vehículos no humanos. Tampoco confirma que existan imágenes espectaculares, ecos de radar inexplicables o testimonios de pilotos sobre encuentros extraordinarios. Afirmarlo supondría ir mucho más lejos de lo que permiten los documentos.

 

Lo que sí prueban es institucionalmente relevante. España no cerró por completo el capítulo de los fenómenos aéreos extraños cuando terminó de publicar el antiguo Expediente Ovni. El Ejército del Aire y del Espacio sigue recopilando avisos. Los documentos resultantes pueden permanecer bajo confidencialidad hasta su desclasificación. No existe un inventario público de los casos posteriores a 1995 y el propio Ejército declara desconocer iniciativas para actualizar el protocolo.

 

La incógnita, por tanto, no reside únicamente en la naturaleza de lo observado. Está también en el funcionamiento del Estado: en la distancia entre recopilar y publicar, entre clasificar y revisar, entre proteger legítimamente las capacidades militares y mantener durante décadas un archivo entero fuera del escrutinio público.

 

En algún lugar de la Administración española pueden conservarse los expedientes que continúan la historia interrumpida en 1995. Quizá documenten confusiones triviales, incursiones de drones, fenómenos atmosféricos o observaciones resueltas hace tiempo. Quizá alguno permanezca sin explicación suficiente. No podemos saberlo porque no conocemos siquiera la relación de documentos.

 

El antiguo archivo ovni concluye con sus carpetas abiertas en la Biblioteca Virtual de Defensa. El nuevo, si se ha ido formando como sugieren las resoluciones, permanece detrás de otra puerta. Defensa ha reconocido que esa puerta existe. Falta saber qué guarda al otro lado.

 

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